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D. MANUEL
.AM.ATY JUNIENT.
volver las propuestas para que en ias nuevas hu–
biese verdadera libertad de elegir.
· El Gobierno ponía en todos los negocios estrechos
límites al poder eclesiástico . La inmunidad de las
iglesias, de que se habia hecho el mayor abuso, se
coartó, decretando .la extraccion de los criminales
con caucion juratoria
y
prévio aviso del magistra–
do, por escrito
ó
·de palabra, y
r~duciendo
el nú–
mero de asilos hasta el punto de que en Lima de
trece quedaron solo dos. Lalrrquisicion, que siempre
pretendía el fuero activo bajo pretexto de
~o
habér–
sele comunicado, por el órgano regular' el contrario
real decreto, tuvo que resignarse recibiendo la co–
municacion por e\ Tribunal Supremo; no pudo en
adelante proceder
á
la condenacion de los libros con
la antigua arbitrariedad; y sus ministros fueron
obligados, como los <lemas,
á
dar el pésame prévio
al Virey, al celebrarse los funerales de la reina ma–
dre . La indulgencia con que · los obispos habían
procedido en la causa de los oura$ de Tarma,
foé
reprendida en términos severos. Reasumieron los
jueces seculares la persecucion del delito de biga–
mia. En la fundacion de cof1·adías. 'isita de hos–
pitales, inventario de las halaJas ' de la catedral, la
asistencia, informes é incidentes del concurso
á
las
canon
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ías de oficio, permuta de beneficios, y en
cuanto tenía relacion con el patronato,
se
sostu' ie–
ron escrupulosamente los derechos de la jurisdic–
cion real.