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D. MANUEL

.AM.AT

Y JUNIENT.

volver las propuestas para que en ias nuevas hu–

biese verdadera libertad de elegir.

· El Gobierno ponía en todos los negocios estrechos

límites al poder eclesiástico . La inmunidad de las

iglesias, de que se habia hecho el mayor abuso, se

coartó, decretando .la extraccion de los criminales

con caucion juratoria

y

prévio aviso del magistra–

do, por escrito

ó

·de palabra, y

r~duciendo

el nú–

mero de asilos hasta el punto de que en Lima de

trece quedaron solo dos. Lalrrquisicion, que siempre

pretendía el fuero activo bajo pretexto de

~o

habér–

sele comunicado, por el órgano regular' el contrario

real decreto, tuvo que resignarse recibiendo la co–

municacion por e\ Tribunal Supremo; no pudo en

adelante proceder

á

la condenacion de los libros con

la antigua arbitrariedad; y sus ministros fueron

obligados, como los <lemas,

á

dar el pésame prévio

al Virey, al celebrarse los funerales de la reina ma–

dre . La indulgencia con que · los obispos habían

procedido en la causa de los oura$ de Tarma,

foé

reprendida en términos severos. Reasumieron los

jueces seculares la persecucion del delito de biga–

mia. En la fundacion de cof1·adías. 'isita de hos–

pitales, inventario de las halaJas ' de la catedral, la

asistencia, informes é incidentes del concurso

á

las

canon

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ías de oficio, permuta de beneficios, y en

cuanto tenía relacion con el patronato,

se

sostu' ie–

ron escrupulosamente los derechos de la jurisdic–

cion real.