.2
48 E
(]?_ep~rtorlo
uni'Perfol de la
·
han de emo1ar
á
la 'D'ireccion eíl:ados menCuales ae los
produél:os del Efcu!ado.
76
En el treinta
y
Ílete:
~e
los caudales, que pro-·
dugere e!l:a gracia., fe •han de poner en
la
Theforería,
G~ñeral , Ó•en•las·
del
'Exen::ito, ¿oll orden 'de la
Díreccion.~
~
77 ' En,eJ l í:neintal¡ocho:
~e
los Admini!l:radbres '
han de gozar el fuero ,
y
efenciones de los eaípleadosl
e'n · Rentas Reales·,
y
el
ta;lto P,Or ciento , que por el
Superintendente fe les feñalafe ..
:
78 'En el rreit1ta
y
nueve: •Q:!e
en.eltermiho de•
dos mefes , pafado el año , han de dar lcuenta •forinalr
de toda fu Aáminíllracion , haciendo cargo en' efpecie"'
y
maravedifes de lo que huviere importado.
79
En el qmrenta: Q.t.!e las exi!l::ncias , que refu
1~
i:en de [us cuentas , le íirvan de cargo en las
del
año
figuienre.
. '
8o En
el
quarenta
y
u no:
~e
aprobadas por la Dí..l
reccion, fe les defpachen los correfpondientes finiquitos.
8
J.
En.
el
quarenta
y
dos,
y
ultimo :
~e
fujeros los'
!Admlni!l:radores
á
cfra In!l:ruccion ,
y
á
las ordenes· que
'en lo fuccefivo ·
íe·
-les diefe , las dudas [obre cuentas?
<y
mejor adminifrraciorr de. quanto fe ofreciere , las ha
de decidir la· Direccion.
Y
para fu cun1plímienro lo man.i
'dó
afsi la Real Pei:fona en M adrid
á
24.
de Enerq
'de
1
76 1.·
· '·
·
..
-. ·8
2
ESPOLIOS ': ; So-;, !'os bienes ; que los Obifpos,
y
Arzobifpqs de,xan al tiempo de fu .muerte
1
y
adquii.
rieron de los frutos de fu's Iglcíias, los quales por el Con–
'<::ordato que entre la Santa Sede ,
y
la Corre de Efpaña
fe cfeéluo en
1
r. del mes de Enero de 17:; 3. quedaron
?aplicados
perÍ:>~uamente
en efl:os R'eY:_nos ,
y
los frutos
l .
. '
!le.