9
8
e
!J\eportorio uni1Jerfal de la
5 CAPAS
Ja,.gas.
Su embozo , Sombrero chambet4
go ,
o
redondo ,
y
montera calada , efian prohibidas en
la
Corte
á
toda clafe de perfonas en fus Pafeos ,
y
Si–
tios Reales, en repetidas Ordenes de S. M.
y
Vandos
de
la
Sala, que fe publicaron en los anos qe
1
7
l
6.
1
7
1
9.
1723· 1729. 1737· 1740. 1745·
y
fe repitieron· en
el u1timo de
10.
de Marzo de
1766.
baxo las penasJ
por la primera vez de feis ducados ,
ó
doce días de car–
ee! : por la fegunda doble :
y
por la tercera quatro
años de defiierro , á diez leguas de la Corte ,
y
Sitios
Reales , aplicadas las multas á los pobres de la Caree!,
y
Minifrros qne ·hiciefen la apreníion. Veafe
Sombre-
ros.
6
CAPELLANIAS. Las que quedaron vacantes en
los Colegios de Jos Regulares de la Compaíua fe apli–
caron
a
los Párrocos de las Igleíias de la nueva Pobla–
cion de Sierra-morena , guardando
la
mente de fus Fun–
dadores,
y
tambien los Vafos ,
y
Ornamentos
Sagra~
dos ;
y
para los pobres las camas , íillas , y cokhones.
Por Ced
u
la Real de
5.
de Julio
d~
17
67.
del Fuero
de Poblacion.
'
7
CAPITANES
Generales.
Los de Jos Reales Exer–
citos
pued ~n
traer en fus Armas las iníignias de los
Bailones , que indican fu mando , Señorío ,
y
Supedo–
ridad en Efpana , como los Marifcales en los de la
Francia , Auto
1
f'.
titulo
1.
libro
4·
de la Re–
copilacion que es un Real Decreto de
3.
de Mayo
de
1736.
8
CAPITANES
Genera/u
,
ó
Comandantes de los
Reynos , afsi en los de Ca(l:illa , como en los de la
Corona de Aragon tienen la preeminencia , Regalía ,
Y,
Auto-