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los ricos; pues si se crea un establecimiento porque hai
una
sustancia con un áO
°lo
aprovechable, se esplotará a la vez
lo que no tiene mas que una lei de 20
°lo
;
pero será mui
problemático que tal
estahlecim~ento
llegue a crearse si la
lei sobre la cual se va a trabajar es solo de 20
°lo.
No pro–
cedamos, pues, en el sentido de impulsar a la esplotacion
de aquello que es mas raro, las altas leyes; así llegaríamos
pronto a matar la gallina de los huevos de oro.
Cierto es, como la comision lo afirma, que las empresas
al sur del Loa «sin el impuesto, como con el impuesto ha–
brán de sucumbir)), por cuanto su costo de produccion es
i;nas alto; pero el interes del pais, aparte de motivos de
justicia i equidad, está en mantenerlas, porque así
1
se pre–
viene el monopolio de hech? que se establecería al norte de
aquel río; el cual seria pernicioso a la riqueza pública i al
rario nacional, como ántes lo hemos demostrado.
Bien dificil seria el precisar de un modo absolutamente
e:>..acto, la reduccion que debiera hacerse en el impuesto
para ~conservar
l.a vida a la industria al sur del Loa. Pero
ello no es necesario si el impuesto es en jenen11l bajo i si se
reduce en 40
°lo,
como parece prudente.
Hipótesis
bajo~la
cual se ha discurrido.
Hemos discurrido en el supuesto de que foeran
imponi~
bles los salitres del litoral que era boliviano, aunque estén
exeutos de impuesto pot· actos lejítimos entre sus dueños i
el que era soberano de aquel tetTitorio, i amparados por un
acto internacional susceito por nuestra cancillería cuya de–
fensa nos cuesta la guerra actual. Tambien hemos conside–
rado imponibles los salitres al sur del paralelo 24 aunque se
hallan eximidos de derechos por dos años;
i
aunque creemos
que pasarán muchos años ántes que sea posible sujetarlos
al impuesto igual que imajina la comision. Salvo que incu-