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( 13.:S )

co1~firmen ,

reprueben, añadnn,

ó

tica qne tiene

ab

ipso

ju1·e

divl–

limiten u lo

yo,

establecido

inspi-

no,

y

si

en

la

leyes ec;lesias ti–

-rado por el Esph·itu Santo, sal-

ca hubiese alguna que se exi–

vo que la demencia

lleg·ue

hasta

mi ese del

Papa,

ya

su

potestad

el

punto

de

sujetar al

Espíritu

no seri a univ ers::ll, sino parti-

8anto al solio Prmtificio .

cnlar.

E e1Vicario de Cristo;

Las primeras palahras son

luego tiene la gener&l admini&–

diametralmente

opue ~

tas

á

lo

tracion

ad umnúl.

Es el gene.-.

dispuesto por el sagrad o Con-

ral comi sario

ele

Di os, tomado

~ilio

de Trento, cap.

2 1,

ses.

en plenitud. de potestad. ; luego

últ.

donde se

]-{le:- "Ul:,ima-

puede en todo acto de juri ·die–

, mente el santo Concilio decla-

cion.

E..l

es el que confirma,

,ra. que todas, y cada una

ele

el

que

di spensa. el que ai1ade,

,,las cosas qne

se

han

esta-

el que modflra lo di spuesto por

,,blecido bajo de cualesquiera

los Concilios, porque es el su·

,,clausulas

y

palabras, en este

premo, que gobierna

á

todos,. .

,,sacrosanto Concilio ·sobre la

y

por el cual Cristo es, el qué

,,reforma de costumbres y dis-

principalmente rijo. Oigamos

,ciplina edesiastica tanto en

á

S.

Leon Magno:

de toto mun–

,el Pontificado de Paulo

III

y

do unus

elig itU1·

Pet1·us, qui

e8-

,,J

ulio

liT,

de feliz memoria,

universarum g entium vocationi,

,cuanto

en

el del beatísimo

Sr.

et omnibus Apostolis cunáis·

,,Pío

IV,

están decretadas en

que ecclesice

pat1·ibus

pnepona–

,tales términos, que siempre

tur, ut quarnvis in populo Dei

,,quede salva la autoridad de la

mulli Sacerdotes sint, multique

,Sede Apostólica y se entienda

Paslo1·es, omnes lamen propie

,,que lo ·queda.''

regat P el1·us, quo prindpalitet

·

.En el

s egundo punto de esta

regit et Cristus.

Como, pues,

proposicion veo una cosa bien

tiene la plenitud de la potestad

estraña, no ya los lobos en per-

como un rey en

su

reino, en es–

se.cucion de las oYejas, sino las

presion de mi Angélico Maes·

ovejas persiguiendo

al

Pastor,

tro,

á

él es

á

quien se le con–

para despojarle de

su

primer

sulta no so1amente como

nna

lugar ·que tiené de hecho y de

espresion de

n~speto,

como guíe–

derecho. Nadie duda, qne si

re el autor, sino tambien de

re·

hubiese algun acto de jnrisdic-

signacion

que no quiere.

Por–

cion e·n ,el cual no pudiese el

que si la costumbre razonable

Papa, ya no seria Pastor unÍ\' er-

puede quitar. moderar &a. aun

sal, porque )'a habría en la

los estatutos de los

Concilios~

Iglesia una potestad mayor que

luego con

~nucha

mas razon

el

él, y por consiguiente ya no

P apa. Pruébnlo.. En el Co_n·

seria Papa. Porque ¿qué cosa

cilio de los Apóstol es se esta–

es el Papa? Aquel en qni cn re-

bl eció que los

cri sti anos

se

side toda la

pote~tad ecl~siás-

abstuviesen de cosas- sacrifica;·