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LA
I~QtTISIClON
DE LIMA
tante pretesto para sostener que la comision del visitador
babia terminado, poniéndose, en consecuencia, en camino
para Lima, adonde en el acto de llegar recusó a su juez,
, amenazándole con matarle · de un balazo, i pidiendo al
misrno tiempo al Virei que no impartiese auxilio alguno
de la fuerza pública si contra él llegase a pedirse. Sobre–
vino entónces; segun refiere el mismo Calderon, nla fuer–
za del empeño de dichos padres de la Compañía, quienes
para allanar la voluntad de dicho Virey, le franquearon
algunos regalos de valor, de que resultó volver easaca y
escribirme que a él no le tocaba mas que dar el auxilio
que se le ordenaba, y que yo recurriera a España, como
si estuviera en la otra cuadra, y deja11do desairado mi re–
curso, me obligó a salir dentro
~e
diez horas, sin .preven–
cion ni auxilio alguno. n
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Arenaza escribía, por su parte, ·a un hermano suyo que
estaba en la Peninsula, que Calderon habia intentado
comprarlo, i como no lo hubiese conseguido, habia ocurri–
do al sistema de amenazas, ncon que no ha de lograr rea–
lizar su ánimo, porque restoy resuelto, afirmaba, a dejarme
primero freír vivo en una sarten en lo público ele la plaza
mayor." ¡!-lasta este punto
habi.anllegado las anim.osida–
des de los que en un tiempo habian sido amigos i hasta
compañeros de
col~jio!
Lo cierto era que Arenaza, en el interes de ganar tiempo
para continuar sus granjerías,
ya
con las dilatorias que el ·
residenciado había 'opuesto, habiendo llegado hasta re-
\ cusarle, o ya con el pretesto de no recibir respuesta de
España a. sus notas, la visita adelantaba bien poco. En el
Consejo, ante el cual seguía jestionando activamente el
apoderado de Ca1deron, se acordó, al fin, adoptar nueva
resolucion, disponiendo en ·abril de
1747,
que los inquisi–
dores suspensos fuesen repuestos en el acto en sus an terio–
res destinos, alzándoseles el embargo de sus bienes i pa–
gándoseles los sueldos de que permanecían insolutos; que
·el visitador cesase enteramente en su comision por lo tocante
a sus colegas, continuando solo su cometido en cuanto a
los demas ministros
i
asuntos del Tribunal; i, por fin, que
26.
Carta citada
de
6
de enero de
174e.
(
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