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CAPiTULO

I

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sa., que dentro de seis días primeros siguientes despues

que esta nuestra carta fuere leyda y publicada, y de ella

supiéredes en qualquier manera, los quales, vos manda-

,mos y asignamos por tres plazos y término cada.dos días

por un tél'mino, y todos seis días por tres términos y úl-

'

timo peremptorio, vengais o parezcais ante nos personal–

mente en la sala de nuestra audiencia, a decir y manifes–

tar lo que supiéredes, hubiéredes hecho, visto hacer o

decir cerca de las cosas arriba dichas y declaradas o otras

qualesquier cosas de cualquier cualidad que sean tocantes

a nuestra santa fe catholica al Santo Oticio, ansi de vivos,

presentes, ausentes, como de difuntos, por m.anera que la

verdad se sepa y los malos sean castigados, y los buenos

y fieles cristianos conocidos

y

honrados,

y

nuestra santa

fe catholica augmentada

y

ensalzada,

y

para que lo suso–

dicho venga a noticia de todos y de ninguno de ellos pue–

da pretender ignorancia, se manda publicar. Dada, etc."

Conforme a las instrucciones dadas a los Inquisidores,

se esceptuó de su jurisdiccion, en materias de fe, a los

indios. En la número

36

de aquellas se lee testualmen–

te: 11ltem se os advierte que por virtud de vuestros pode–

res no habeis de proceder contra los indios del dicho

nuestro distrito, porque por ahora hasta que otra cosa se

ordene, es ·nuestra voluntad que solo useis dellos contra

los christianos viejos y sus descendientes

y

las otras per–

sonas contra

qui~n

en estos reynos de España se suele

proceder,

y

en los casos de que conociéredes ireis con

1

toda templanza

y

suavidad

y

con mucha consideracion,

porque así conviene que se haga de manera que la Inqui–

sicion sea mui temida

y

respetada

y

no se dé ocasion pa–

ra que con razqn se le pueda tener odio."

Mui luego, sin embargo, comenzó a clamarse desde el

Perú porque se derogase esta escepcion. Fr. Juan de ;Bi–

vero, que tendremos ocasion de citar pronto, le decía, en

efecto, al Reí: "la Inquisicion

y

alcaldes de corte fué muy

buena

y

necesaria provision, porque son freno

y

remedio

de los atrevidos a las cosas de nuestra fé, los unos

y

los

otros cuchilla de los delincuentes. Sería necesario que la

Inquisicion entendiese tambien en las cosas de los indios,

aunque no con el rigor del castigo que con los españoles,

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