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LA INQUISICION DE LIMA
respuestas
y
los siete pliegos de papel;
y
el dicho su le–
trado le dixo que respondiendo a la acusacion tenia dicho
que lo que acerca de las dichas constituciones y religion
avia dicho y hecho lo tenia por locuras, como el dicho
letrado dixo que las tenia, y que despues, en los ,dichos
· siete pliegos, dize lo contrario. y que eran revelaciones de
Dios,
y
lo mismo en la respuesta a la publicacion, por
donde teni'a entendido que no declarava verdad, y le en–
cargó la declarase-y el reo respondió que lo que tenia
dicho lo era, y en lo que respondió a la acusacion lo dixo
porque le acussaban de herege, y quel no lo es,
y
que por–
que no se tenia por herege tiene y ha tenido por revela–
ciones ele Dios lo que tiene dicho y escripto en los dichos
siete pliegos de papel que presentó y las dichas constitu–
ciones o capítulos de la fundaeion de la cassa de la madre
de Dios y de la órden de la limpia concepcion, y el dicho
su letrado dixo que las dichas cossas son (como lo dan
bien a entender) illusiones del demonio,
y
que aunque!
dicho reo aya sido de buena vida
y
costun1bres, a los ta–
les procura. el demonio engañar,
y
que pues el dicho reo
se afirmaba en que eran revelaciones de Dios, nosotros
proveyésemos lo que fuesse justicia, porque a él le pares–
cía que no tenia deffensa, y el dicho Joan yngrato dixo
que para su descargo tenia necesidad de dezir las obras e
vida. que hazia, y saliéndose del audiencia el letrado, el ,
dicho reo
comen~ó
diziendo muchas cossas de su mucha
devocion y amor a Dios y charidad con .los hombres,
y
contó muchas cossas que le
~vian
acontescido con mugeres
que le quissieron hazer fuerza y · él avia resistido. E avien–
do el dicho J oan yngrato tornado a enfermar, no se pro–
cedió en su negocio hasta el mes de diziembre del dicho
año, y siendo traydo ante nos; le fué leydo lo quel dicho
su letrado le dixo en la dicha última audiencia, de que su
negocio no tenia defensa, etc., y le fué dicho que sy tenia
alguna cossa qu.e dezir o alegar lo hiziesse, e dixo que no,
mas de remitirse a lo que determinásemos,
y
que no pas–
saria de lo que se le mandasse.
11Despues de lo qual mandamos quel maestro fray Mi–
guel Adrian, de la órden de Sancto Domingo, theólogo,
se llamasse
y
biesse los dichos siete pliegos de papel,
y
lo