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LA INQUISICION DE LIMA

respuestas

y

los siete pliegos de papel;

y

el dicho su le–

trado le dixo que respondiendo a la acusacion tenia dicho

que lo que acerca de las dichas constituciones y religion

avia dicho y hecho lo tenia por locuras, como el dicho

letrado dixo que las tenia, y que despues, en los ,dichos

· siete pliegos, dize lo contrario. y que eran revelaciones de

Dios,

y

lo mismo en la respuesta a la publicacion, por

donde teni'a entendido que no declarava verdad, y le en–

cargó la declarase-y el reo respondió que lo que tenia

dicho lo era, y en lo que respondió a la acusacion lo dixo

porque le acussaban de herege, y quel no lo es,

y

que por–

que no se tenia por herege tiene y ha tenido por revela–

ciones ele Dios lo que tiene dicho y escripto en los dichos

siete pliegos de papel que presentó y las dichas constitu–

ciones o capítulos de la fundaeion de la cassa de la madre

de Dios y de la órden de la limpia concepcion, y el dicho

su letrado dixo que las dichas cossas son (como lo dan

bien a entender) illusiones del demonio,

y

que aunque!

dicho reo aya sido de buena vida

y

costun1bres, a los ta–

les procura. el demonio engañar,

y

que pues el dicho reo

se afirmaba en que eran revelaciones de Dios, nosotros

proveyésemos lo que fuesse justicia, porque a él le pares–

cía que no tenia deffensa, y el dicho Joan yngrato dixo

que para su descargo tenia necesidad de dezir las obras e

vida. que hazia, y saliéndose del audiencia el letrado, el ,

dicho reo

comen~ó

diziendo muchas cossas de su mucha

devocion y amor a Dios y charidad con .los hombres,

y

contó muchas cossas que le

~vian

acontescido con mugeres

que le quissieron hazer fuerza y · él avia resistido. E avien–

do el dicho J oan yngrato tornado a enfermar, no se pro–

cedió en su negocio hasta el mes de diziembre del dicho

año, y siendo traydo ante nos; le fué leydo lo quel dicho

su letrado le dixo en la dicha última audiencia, de que su

negocio no tenia defensa, etc., y le fué dicho que sy tenia

alguna cossa qu.e dezir o alegar lo hiziesse, e dixo que no,

mas de remitirse a lo que determinásemos,

y

que no pas–

saria de lo que se le mandasse.

11Despues de lo qual mandamos quel maestro fray Mi–

guel Adrian, de la órden de Sancto Domingo, theólogo,

se llamasse

y

biesse los dichos siete pliegos de papel,

y

lo