CAPÍTULO VIII
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España, por blasfemo. Dimos relacion a V. S. que su ne–
gocio estava conclusso, y votado en que saliese al auto
público en forma de penitente y con morda9a y soga, y
que se le leyese allí su sentencia y abjurase
de levi,
y que
otro dia se le diessen cien a9otes; y siéndole notificada la
sentencia appeló, y aviéndose tornado a ver con ordinario
y
consultores, en conformidad, se confirmó con que los
a9otes se le conmutaran en que fuese traydo a la vergüen-
9a. Salió al auto y executóse; tuvo la ciudad por cárcel
en el tiempo que se hizo su processo, y fué puesto en las
cárceles secretas en acabando de hazer sus descargos,
y
estuvo en ellas hasta ser executada la sentencia que con–
tra él se dió.
11Antonio de Olivera, barvero, residente en el Cuzco,
natural del puerto de Santa J\1aría, por blasfemo y ayer
dicho otras cosas heréticas y temerarias. En la relacion
que V. S. tiene deste negocio diximos que estava votado
en conformidad a que saliese al auto público en forn1a de
penitente
y
con morda9a, y que tuviese esta ciudad por
cárcel, por quatro messes, en los quales acudiesse a un
monasterio que se le señalasse para ser ynstruido en la
doctrina xpana., y passados los quatro meses, fuesse deste–
rrado desta ciudad por dos años. Notificósele la sentencia,
y
consintida, y executóse sacándolo al auto: tomóse con–
sicleracion en esta sentencia a que el reo es hombre de
muy poco saber y rudo, como constará a V. S. por la di–
cha relacion.
"Antonio Ossorio Fonseca, theólogo, predicador, sacer–
dote, frayle que ha sido de Sancto Domingo
y
de la Merced,
y aora anda en hávito de clérigo, natural de Setuval, en
Portugal. Tambien dimos relacion a V. S. de este negocio, ·
y que estava votado a que saliesse al auto público de la fee
en forma de penitente y que allí le sea leyda su senten–
cia,
y
que la proposicion de aver dicho y porfiado que
a.vian de ser mas los que al cabo del mundo se huviessen
salvado que los que se condenassen,
y
la retrate en sus
dos sentidos, como por nos se le ordenase, y que allí ab–
j
urasse
de levi,
y suspenso de predicar y leer por cinco
años, y detenido en esta ciudad por quatro messes, en los
quales no diga missa ni administre sacramentos,
y
que