CAP. Ill-DE JUEZ
A
REO
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gelio, é que si acaso el rey ó el Papa mandasen
alguna cosa que fuese contra lo que en el Evan–
gelio se manda, no se excusará de pecado el que
los obedeciese; y que unas cuentas que dicon
venir benditas por el General ele la Orden de los
Menores, ha dicho quél bien crée que] Papa tiene
poder para conceder todos los perdones que en
ellas dicen que se ganan; pero quél no quiere
creer quel Papa concedió tal) hasta que vea por
donde: y digo que en lo que dije en mi dicho, en la
confesión que me tomó e1 maestro Paredes) donde
dice quel primer inventor de la serta luterana fué
fraile, yo no dije domínico ni de su Orden, sino ele
su hábito, porque fu é fraile el inventor, porque
no sé quien fu é; y en lo demás que dije en mi di–
cho é en los escritos é interrogatorios de pregun–
tas que presenté en la dicha causa ante el maestro
Paredes, donde trato contra el dicho padre fray Gil,
fué con pasión y enoj o: y lo contenido en este es–
crito es la verdad: pido á Vmd. haya por satisfe–
cho de mi parte al dicho fray Gil Gonzá.lez de San
Nicolás. n
Este mismo día el maestro Paredes, abandonan–
do la línea de conducta que sustentara en el pt·in–
cipio de la causa, fuése lisa y llanamente á prestar
su confesión ante el franci scano Rabanera, y, pre–
vio juramento, declaró lo que todo el mundo sabia
ya: que había iniciado, en favor del mismo ft·ay
Gil, el proceso contra Escobar, y que en virtud ele
su carácter de juez no había podido menos ele ad–
mitir el escrito é interrogatorio del reo, que, como
era bien sabido en derecho, no podía ni debía va–
ler sino en lo pertinente á
la causa; agregando