CAP. V-PRIMER PROCESO DE AGUIRRE
121.
tencia definitiva juzgando, ansí lo pronunciamos
é mandamos en estos escritos, é por ellos.-El
doc–
tor Palctcios
Alvarado.-Licenciado,
Baltasa1' de
Villalobos.-Fray Mm·cos Xofre.-Ellicenciado Bar–
lolomé Alonso.
«Dada é pronunciada fué la dicha sentencia por
los dichos sel'íores jueces que la firmaron, estando
en audiencia, en presencia del dicho gobernador
Francisco de Aguirre, preso, que fué traído para
oírla, é del licenciado Juan de Arévalo, fiscal desta
causa; á los cuales é á cada uno dellos, se les no–
tificó en sus personas, que lo oyeron. En la cibclad
ele la Plata, quince de Octubre de mil é quinientos
,é sesenta é ocho años.-Ante mí,
Juan de LO':,ct,
notario apostólico. »9
La parte de la sentencia en que se le mandaba
leee su retractación en la Iglesia de Santiago del
Estero, obtuvo Aguiere que se le conmutase, con–
siguiendo que, en lugar de él, pero en su presen–
cia, leyese la retractación el Vicario, prévio el
entero de quinientos pesos de plata ensayada.
lO
!J
Documentos ineclitos del Archivl) ele I ndias,
tomo XXV, pági–
nas 373-376.
Los detalles de la sentencia constan también del extracto del pro–
ceso de Aguirre que hizo el inqui idor Juan Ruíz de Prado, que se
halla como anexo al expediente ele visita de la Inquisición de Lima.
De la misma fuente resulta, asimismo, que el Fiscal de la can a
apeló de la sentencia, pero que no siguió la apelación,
y
que el reo,
por motivos que no
e expresan, dejó de pagar do cientos
pe~os
de
los mil seteciento en que en definitiva salió condenado.
10 Ya vimo que el acto debió tener lugar, según lo consignado
por Ruíz de Prado, en la Iglesia de Santiago del Estero: del tenor de
la abjuración
y
de la certificación que le acompaña, parece, sin
Pm–
bargo, que el hecho se verificó en la capital del obispado. Probable–
mente se hizo este cambio en la espcclativa de que el reo no regresase
más
á
su antigua gobernaciún .