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CAP. V-PRIMER PROCESO DE AGUIRRE

121.

tencia definitiva juzgando, ansí lo pronunciamos

é mandamos en estos escritos, é por ellos.-El

doc–

tor Palctcios

Alvarado.-Licenciado,

Baltasa1' de

Villalobos.-Fray Mm·cos Xofre.-Ellicenciado Bar–

lolomé Alonso.

«Dada é pronunciada fué la dicha sentencia por

los dichos sel'íores jueces que la firmaron, estando

en audiencia, en presencia del dicho gobernador

Francisco de Aguirre, preso, que fué traído para

oírla, é del licenciado Juan de Arévalo, fiscal desta

causa; á los cuales é á cada uno dellos, se les no–

tificó en sus personas, que lo oyeron. En la cibclad

ele la Plata, quince de Octubre de mil é quinientos

,é sesenta é ocho años.-Ante mí,

Juan de LO':,ct,

notario apostólico. »9

La parte de la sentencia en que se le mandaba

leee su retractación en la Iglesia de Santiago del

Estero, obtuvo Aguiere que se le conmutase, con–

siguiendo que, en lugar de él, pero en su presen–

cia, leyese la retractación el Vicario, prévio el

entero de quinientos pesos de plata ensayada.

lO

!J

Documentos ineclitos del Archivl) ele I ndias,

tomo XXV, pági–

nas 373-376.

Los detalles de la sentencia constan también del extracto del pro–

ceso de Aguirre que hizo el inqui idor Juan Ruíz de Prado, que se

halla como anexo al expediente ele visita de la Inquisición de Lima.

De la misma fuente resulta, asimismo, que el Fiscal de la can a

apeló de la sentencia, pero que no siguió la apelación,

y

que el reo,

por motivos que no

e expresan, dejó de pagar do cientos

pe~os

de

los mil seteciento en que en definitiva salió condenado.

10 Ya vimo que el acto debió tener lugar, según lo consignado

por Ruíz de Prado, en la Iglesia de Santiago del Estero: del tenor de

la abjuración

y

de la certificación que le acompaña, parece, sin

Pm–

bargo, que el hecho se verificó en la capital del obispado. Probable–

mente se hizo este cambio en la espcclativa de que el reo no regresase

más

á

su antigua gobernaciún .