120
L.\
I:\QUL 'ICIÓ:\
y
desde el primer momento empezó
un <~.
obra de repa–
r ación rcspeelo ele los que habían sido perseguidos
como adictos
á
la p e.:;o na cle su an tecesor,
y,'
á la vez,
se propu o
abat.lren cu a nto pud iera el poder de los
mini. tros
y
a llegados del San to Ofic io que tan bue–
n a prueba
acabab:t.nele da r ele lo que e ra n capacc de
llevar á cab
i ns tigado ~
n us pa. ione
y
con pre–
texto ele relig i ' n .
i 'l..
Ju a n de Beristain . complicad o
en el proce o d r Salcedo,
a pe~ ar
de que s u pri ió n,
embargo ele
lliene~
y
clcsti
tTO, fu eron ejecutados
por el oidor D . .J ua n Ma nu el de la P ei1a, recelo o
de que, como ínltmo a :11i go del Gobern ador, puchera
sacarle de la pri ión , clicienclo m ·1.l
ic io ~ amente
que
era el e ma nd ato de P ate rnina, orde nó ponerle en li–
bert ad
y
asi pud o YOh'cr Beris tain á . u ca a .
1
«A la Oel.len d .,
an F ra nciseo. r fi r;) uno de
sus miembms, por h:t.ber a uxiliado al S:1.nto T ri–
buna l en todo lo que tuvo neces idad ele ella, así
para
la cau ... a co mo para la prisió n, la ti ene tan
persog·uida que par.;co
omos gobe rn ados de un
e nemigo, según el od io que tiene á e. ta santa reli–
g ión . Pues luego qne entró en el go bierno mandó
de torra r al pad t'e quo era proY incia l
y
al padre que
e ra guardián del conYen to de ?\Ianila . . . haciéndoles
cau a
jurídica , prelencli oncl o acumu larl e' deli tos
que no caben en un saco pob re
y
remend ado ». ..
2
Por la inversa, el nueYo Gobern ador to rn ó natu–
. ralmcnte el partido de su a ntecesor, favoreciendo
y
t.ra.yonclo
á
SU
gracia COl tilu]os de leales á los que
1.
Carta de Diciemb re de
r67 r.
2.
Cal"ta de F r. Francisco Solier al Consejo: Manila,
10
de Mayo de
1670.