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EN

LAS ISLAS FILIPINAS

111

y

regulándolos como eclel1e, naclacoadyuvanrlelicto

ele fe,

y

esto aún en caso que sus

depo.- icione~

no es–

tu vieran mostrando haber sido procurados,

y

para

dar cuerpo, como

~ i ,

aunque lo dieran muy grande

y

do crimen formal ele herej ia, pndiera serie e.·to dis–

culpa de lo antes ejecutado y alucinación á nuestro

jnicio para qu e dejásemos do conocer las maldades

excesi,·a , qne ha ejercido, Yaliónclo e del oflcio para

in curri rla._, Yengando pasione , siendo ele hecho

causador de la pérdida de hol1l'a, Yida y hacienda

de D. Diego.

«Porque hablando á V.

\.. según es nuestra obli–

gación

y

remo,·iendo las excopc.;iones propuestas y

·Otras n'lnchas qne reconocemos en la causa,

y

snpo–

niendo que en los testigos no hubiera repulsas, mi–

ránd ola

ut jus est,

y

no atendiendo la cal idad

y

puesto el el sugeto, sino considerándolo como un par–

ticular

y

plebeyo, juzgamos que de todo lo actuado

resultaba sólo u11a presu mpción

plusqaam leoe

respec–

to del sugeto en materia de f'e,

y

vehemente

put·a

inquü·ir

y

a\·criguar

á

qué se extendía

y

obre

c1ué

·era la conversación que con los herejes tenia.,

y

si

lo eran los extranjeros do que se sel'vía; porque de

todo lo actnado no consta tuviese en su servicio

mas que el protestante ele

la

Rochela,

y

no se yerifi-.

ca ni dice que D. Diego habla e con él ni con otro

en materia de religión, ni que con los holancleso:::;

comerciantes tratase sobre ello; conque si por el

trato en razón ele comercio se debiera presumir,

ya se ve cómo se presumiera de los católicos de

Espaila, que tienen tantos

y

tan graneles tratos con

ellos en todas las partes del norte.

Y

ele que D. Die-