EN EL RÍO DE LA PLA'rA
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con mayor crecimiento por aquellas partes, que no
sólo las tienen inficionadas con su -doctrina, sinó con
sus disoluciOI'les y atrevimientos, con gran perjuicio
de ellas y
d~sacato
y desprecio hasta de los mismos
templos é imágenes, se seguiría también el de ex–
cusar su entrada, porque, aunque prohibida porrea–
les cédulas de V. M., fuera éste el más eficaz medio
para cumplirlas y conseguir por un medio ambos
fines y á tan poca costa de la real hacienda de
V.
M.
que no sólo podt'ían rendir los bienes confi.scados lo
necesario para. los salarios de un inquisidor y fis–
cal con los ministros que bastaran en
~quella
par–
te, donde por ser tan barata y abundante podrían
cOii
poco sustentarse, sinó para otros efectos .de su real
servicio . V. M. se servirá ele verlo con su cristiano
celo, y proveer lo que más convenga.-Guarde Nues–
tro Señor la real católica persona ele V. M. muchos
años.-Plata, y Marzo
1.
0
ele 636
años.- Doctor don
Sebastián de Alarcón.-(Con
su rúbrica).
En vista de esta representación, el Rey se creyó
en el caso de pedir informe por cédula..de 2 de
No~
viembre ele ·1638 al Virrey del Perú, á la Audiencia
de la Plata y á otros funcionarios sobre el contenido
de aquella nota.
Léanse algunas de las respuestas dadas al res-
pecto.'
-
«Señor:-A la proposición que el doctor don Sebas–
tián de Alarcón y Alcocer, oidor clesta Real Audien–
cia, siendo fiscal della hizo á V. M. en razón de lo
mucho que importaría á su real servicio, al de DiQs,
nuestro señor, y bien de las provincias deTucumán,
1.
Las demás piezas relativas á la materia las hallará el lector en–
tre los Documentos. Nosotros las descubrimos en el Archivo de In–
dias.
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