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EN EL RÍO DE LA PLA'rA

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con mayor crecimiento por aquellas partes, que no

sólo las tienen inficionadas con su -doctrina, sinó con

sus disoluciOI'les y atrevimientos, con gran perjuicio

de ellas y

d~sacato

y desprecio hasta de los mismos

templos é imágenes, se seguiría también el de ex–

cusar su entrada, porque, aunque prohibida porrea–

les cédulas de V. M., fuera éste el más eficaz medio

para cumplirlas y conseguir por un medio ambos

fines y á tan poca costa de la real hacienda de

V.

M.

que no sólo podt'ían rendir los bienes confi.scados lo

necesario para. los salarios de un inquisidor y fis–

cal con los ministros que bastaran en

~quella

par–

te, donde por ser tan barata y abundante podrían

cOii

poco sustentarse, sinó para otros efectos .de su real

servicio . V. M. se servirá ele verlo con su cristiano

celo, y proveer lo que más convenga.-Guarde Nues–

tro Señor la real católica persona ele V. M. muchos

años.-Plata, y Marzo

1.

0

ele 636

años.- Doctor don

Sebastián de Alarcón.-(Con

su rúbrica).

En vista de esta representación, el Rey se creyó

en el caso de pedir informe por cédula..de 2 de

No~

viembre ele ·1638 al Virrey del Perú, á la Audiencia

de la Plata y á otros funcionarios sobre el contenido

de aquella nota.

Léanse algunas de las respuestas dadas al res-

pecto.'

-

«Señor:-A la proposición que el doctor don Sebas–

tián de Alarcón y Alcocer, oidor clesta Real Audien–

cia, siendo fiscal della hizo á V. M. en razón de lo

mucho que importaría á su real servicio, al de DiQs,

nuestro señor, y bien de las provincias deTucumán,

1.

Las demás piezas relativas á la materia las hallará el lector en–

tre los Documentos. Nosotros las descubrimos en el Archivo de In–

dias.

14