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EN CAHT \GE:\fA DE INDL-\.S

39

cien das, porque por la

imple fornicación

6

por b18s–

femias hereticales

6

por ser casados dos ,-eces

6

oiros

delitos semejantes, traer un hombre ó una mujer

500 6 1,000

leguas, parece que no hay pena que se

igualase

á

ésta, demás que las cansas se sus tan–

cian mal, porque cuando Yiene la información su–

maria

y

se acuerda la prisión

y

van á buscar al reo,

ya no parece ni se le halla, y cuando es menester ra–

t.ificar los testigos, ll3n pasado dos afíos

y

más que

declararon

y

ó no se acuerdan de lo que dijeron,

6

lo

que peor es, cuantlo se buscan no se hall an, por ser

muertos ó haberse ausentado,

y

se recrecen otros

graneles inconvenientes que V. S . puede considerar

y se dejan entender en provincias tan remotas,

y

no

es el menor no poder se t' visitadas por los inqui sido–

r es, porque por comisarios se hace mal, que con la

distancia no se conocen los sugetos,

y

casi todo el

reino está sin ellos, y en todo el Nuevo Reino no hay

más ele uno, y de ese se tiene tan de tarde en tarde

respuesta, que acontece dos aüos no tener earta de

él por la distancia del lugar. V. S. lo verá y consi–

derará lo gue conviene proveer en esto, que nos ha

parecido tenemo-s obligación ele dar aviso á V. S.

para que ponga el remedio que más convenga al

servicio ele Dios

y

bien ele estos reinas.-Con ésta

remitirnos á V. S. una copia ele una carta del comi–

sario de Santa Fe, que por ella verá V. S. cuan gran–

de es aquel arzobispado y la gente que tiene, y cuan

mal se puede gobernar desde acá.-Guarde Dios á

V. S.-De los Reyes,

28

de Abril de

1600.-El

Licen–

ciado Ordó/iez

y

Flores.>)

r

r.

Inquisición de Nueva España, libro 764, folio 65.