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dan e algmmR lw,.ciencL s del colegio de Lima, pl es
son clernasiaclas; pero no se paguen con el cn.udal de
su venta otras deudas, que las contraídas en la com–
¡
wa.deotros
bienesestables del mismo colej io. Uno
elelos punto
m.asinculcados en las cartas, es la ob–
~ervancía
dli 1a pobreza; pero ahí estn.n las riquez<1s
inmensas ele la compañia, de que hemos hablado en
artículo especial. Todos los individuos de la compa–
ñia debían ser pobres, muchos lo eran; pero la com–
pañia, reunion ele pobres, no estaba ligada á la po–
breza, podia ser rica, muy rica y lo consiguió·.
'A
vista. de.las n1eucionadas cartas
''y
de las obser–
vaciones hechas, ¿podre. decirse, que quien sabia has–
ttu
los pormenores i11si.gnificantes de sus súbditos eil
la inmensa vastedad de su jnrisdiccion, ignorase co–
sa g1'a;ves y
escandalosr~~s,
co1no el -comercio, la insu–
bordin
acion, y
dem.r~s
culpas mortales de los j esuitas?
3!SO.
P.orlo domas, verán los lectores en dichas·car–
ilas mu9hddnn1bre de reglas cristianas, ·como lo noiJa..
1nos .ya, reglas ascéticas y 1nísticas, donde el ·celo del
P . general
á
todo provee, disfrazado no pocas veees
el n1andato con palabras suaves. Verán que si entre
los
padres jesuitas no todos eran pobres, ni todos cas–
tos, porque eran h01nbres como los de afuera, no pre–
scntaban,por lo menos nosotros no lo h emos notado,ni
U11
B'ol0
~::;je1nplo
de escandalosa subordinacion, en men–
gua del voto de obediencia. Verán, enfin, que en otros
puntos merecían servir ele modelo ·.en casos semejan–
tes algunas ordenes y sentencia,s del P . general: pon–
gamos: dos ejemplos.
En ca1:ta de
3
de Enero de
1628
pág.
300
de la colec–
cion,c1ecia asi el P. general Viteleschi al P. provincial
Gonzalo de Lirar-"Por a1nor del Señor procure V.
R.
ce
con su santo ce] o, con todas veras, desarraigar de todo
ce
punto la amhicion y pretensiones, que en algunos se
ce·
ven de cátedras. I-Ie dicho otra, vez, que el medjo mas
ce
eficaz para esto, es que
por el mismo ·caso que pretenden
ce
tal oficio
ó
empleo, se les niegue;
aunque
alias
lo merez–
cc
can,
y
dígaseles claramente la causa porque no se
ce
les
clá;
que con esto· quedarán correjidos,
:·y
los de-