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gon ; en la inteligencia de que contra los ocultadores de estos
fondos se tomarán las mas severas providencias : Por tanto , nos
sup~icaron
fuésemfi)S servido mandar
li~rar
la Re,al Provision con–
·v.eniente , eo la forma referida ,
fjxán~ose
.en
los
Pueblos de estos
R eynos·
el
EdiCto necesario" para su notoriedad , é inteligencia:
'··
-:...
<·:
Y
visto por los del
n~estro
Consejo , por Decrew que proveyeroa .
-~~
·
en
diez y nueve de este mes , se ac?rdó e.xpedir esta nuestra
C:an.f: ·g·<v;,~aíJ
Por la qual os mandamos
, que mmediatament e que Ja recibais; ·
formeís '
y
hagais fixar r.espeét'ivarnente cada una .de .vos dichas
Justic ia~
en vuestro Pueblo , .
y
en los parages públicos
y
aeostum-·
b~ados
, 'Editl:o , para que qualesquiera . personas , de qua1quie.r
estado ,
y
condicion que sean , Eclesiásticas ,
ó
Seculares ,. que
tubieren en confianza , en depósito ,
6
debieren cantidades á las
Casas que _fueron de
los
Regulares de. la Compañia .Jas declaren
ante vos ;
y
hecho que sea , remiftreis las diligencias , por
man~
de ,Don Pedro Rodriguez Campománes , .Fiscal de lo Civil de el
nuestro Consejo
y
Cámara , lo tocante á los Pueblos de la Corona
de Castilla ;
y
por la de Don Josef Moñino, Fiscal de lo Criminal, .
Jo respetl:ivo
á
los Pueblos de la de Aragon ; previniendo en .los
mismos. Ediétos ,. que contra los ocultadm:es. de los expresados
fondos.
se
tomarán las mas severas providencias
:
Por ser así nues-
tra voluntad , y que al traslado impreso de esta nuestra Carta,
:firmad'o de Don Ignacio Esteban de Higareda , nuestro Escribano
de Cámara mas antiguo
y
de Gobierno del nuestro Consejo "
se
le dé
la.
mism<;t fé
y
crédito que
á
su original. Dada en Madrid
á
veintt; de Mayo de mil setecientos sesenta
y
siete..
El
Conde
de
.dranda.;·,=
Don AndréJ Mara.vér..
=
Don Josef
Herreros.
==.,
Don
1 osef-Manuez·Dominguez..
:::::
El
Marqués
de
San 'Juan
de
Ttuó.
·
=
Yo
Don:IgnaC~(};
Estevan.
de: Higareda
,
Escribano de Cámara.
del
Rey nuestro Seiior ,_
la
hice _escribir por
s~
mandado , con acuerdo
de los
de
s.u Consejo..
:::::: Registrad
.~
t;::;Dan Nicolás Berdugo.
:::::
Te~ente
de Cancillér
mayl)r~
;:::;.
D~n: Nit~lá$
Berdugo..
·