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(18)
La Provincia de Zacatecas ,
y
el Colegio
de nuestra Señora de Guadalupe esten obli–
gados á dar los Religiosos que les pida el Cus–
todio de S. A11tonio de la N ueva Viz·caya, se–
gun el respectivo nú1nero que cada uno tiene
en aquellos Pueblos.
ltem declaramos , que todos los Religio–
sos de las Indias puedan libren1ente ir
á
di–
chas Custodias ,
y
cada Custodio de consejo,
y
consentin1iento de la mayor parte de su Di..
finitorio , enviará siempre que lo juzgue nece–
sario s\ls Letras Pateo tes por todas las Pro–
vincias ,
y
Colegios para exhortar ,
y
recibir
á
los que quieran incorporarse en las referidas
Custodias : Y asimismo se declara , que no
siendo suficientes los enunciádos medios para
surtirlas con el número necesario de operarios,
puedan los Custodios en la fortna dicha re–
currir por Misioneros
á
estos Reynos , prece–
diendo los debidos informes , segun está man...
dado por Leyes Reales.
Mandamos, que los Prelados de ,Jas Pro–
vincias,
y
Colegios hagan publicar
_en
sus res–
pectivas Comunidades por todos los Conv·en–
~
tos de su jurisdiccion las cartas exhortatorias,
en qualquier ocas1on
, ~y
tiempo que
.~as
en-