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(18)

La Provincia de Zacatecas ,

y

el Colegio

de nuestra Señora de Guadalupe esten obli–

gados á dar los Religiosos que les pida el Cus–

todio de S. A11tonio de la N ueva Viz·caya, se–

gun el respectivo nú1nero que cada uno tiene

en aquellos Pueblos.

ltem declaramos , que todos los Religio–

sos de las Indias puedan libren1ente ir

á

di–

chas Custodias ,

y

cada Custodio de consejo,

y

consentin1iento de la mayor parte de su Di..

finitorio , enviará siempre que lo juzgue nece–

sario s\ls Letras Pateo tes por todas las Pro–

vincias ,

y

Colegios para exhortar ,

y

recibir

á

los que quieran incorporarse en las referidas

Custodias : Y asimismo se declara , que no

siendo suficientes los enunciádos medios para

surtirlas con el número necesario de operarios,

puedan los Custodios en la fortna dicha re–

currir por Misioneros

á

estos Reynos , prece–

diendo los debidos informes , segun está man...

dado por Leyes Reales.

Mandamos, que los Prelados de ,Jas Pro–

vincias,

y

Colegios hagan publicar

_en

sus res–

pectivas Comunidades por todos los Conv·en–

~

tos de su jurisdiccion las cartas exhortatorias,

en qualquier ocas1on

, ~y

tiempo que

.~as

en-