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ligiosos Franciscos Observantes ;
y
habiendo
resuelto el
Rey
á
Consulta de su Supremo
Consejo de
30
de Junio del año pasado de
1777
·se
erijan por ahora
las
quatro
arriba
expresa–
d as,
d ~: ndo nos
Su Santidad en di cho Breve fa–
c ul tad para disponer la forma del régitnen
de
las tales Custodias ,
y
los Es'tatutos , que se
deben observar en ellas, hasta tanto que el Ca–
pítulo General futuro de nuestra Orden dé su
aprobacion ,
y
confirmacion : Por tanto, usan–
do de dicha facultad Apostólica ,
y
Reales Or–
denes de S. M.
y
teniéndo presente la Cons–
titucion general de Barcelona , reconocida,
y
mandada observar en Segovia el año de
16
z
1,
y
lo que aconseja nuestro Glorioso Patriarca
en sus Opúsculos , que los Prelados no car–
gu_en , ni embaracen ]as conciencias de sus süb–
ditos con muchos preceptos; en esta atencion,
y
.deseando el n1ayor acierto en la ereccion,
y
gobierno de dichas Custodias, queremos, man-
·damos ,
y
ordenamos se rijan ,
y
gobiernen
por los Prelados., que por tiempo las goberna–
ren , con arreglo
á
los puntos que h·emos dis–
puesto , establecido ,
y
ordenado.