Siglo
XVI.
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HISTORIA ECLESIASTíCA
tituir
en
su
-lugar otra, cuyas .
disposicione~
eran
ó
diferentes
ó
contrarias en muchos pun–
tos importantes. Pero el Rey, que estaba Fe–
suelto, , desechó esta peticion ,
y
conoció el
Parlamento en
fin
que · era forzoso ceder
á
la
autoridad soberana. Fué, pues , el Concor..
dato registrado el
2 2
de Marzo de
1
5
1
8
con
la 'cláusula
de la órden expresa del
Rey,
rei–
terada muchas veces.
El registro babia sido
precedido ,
y
fué
seguid_o
por parte
del
Par–
lamento de protestas , en las quales declara...
ha ,
que
ordenando la publicacion del Con–
cordato como lo había hecho, Únicamente
por obedecer al Rey , no se confonna ba ni
en autorizarlo, ni en aprobarlo, ni en
d~sis
..
tir de las Actas , en ]as quales
ha
bia mani–
festadp
su
opa
icion
á
esta
ley.
Para
alJanar
las dificultades que podian ' originarse en
lo
sucesivo en la execucion
del
Concordato,
Ftan·
cisco 1 en
I
5
20 ,
y
Enrique II en
1
5
52
dié –
ron al Grande Consejo el conocimiento d e
las contestaciones que se suscitasen con este
.
,
filOtlVO.
Es oportuno advenir aquí que la Prag–
m~tica
· no ha
sido
enteramente abolida por·
el Concordato , que éste no fué seguido en
todas sus di'sposiciones ; aHnque fuese obe–
decido
con preferencia en
lo -que
contiene con–
trario
á
Ja .
Pragmática ;
y
que
en
fin )a
au–
toridad
de
la Pragmática
está
áun
en
tod~
su.
. fuer-