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84

HISTORIA

ECLESIASTICJÍ

Siglo

, le toca --exercer el derecho

que

exercian

XVI.

,

los primeros fieles ,

y

que le han cedí..

" do, quando la Iglesia ha sido recibida en

,., el

F~ stado

por precio

de

la proteccion que

~'

concedi6

á ·

favor de la Religion :

3.

0

que

~'

habiendo Jlegado

á

hacerse las elecciones

,,

una pública simonía que colocaha en los

,;

primeros empleos

á

los

que

tenian mas me•

,,

dios de comprarlos , era esto una

de

las

,,

razones que el Canciller Prat alegaba

á

,,

f~vor

del Concordato :

4.

0

que las gran•

,., des sillas se hallaban freqüentemente ocu·

,, padas por sugetos

de

la hez del Pueblo,

en

,

lugar

de

que en términos iguale-s debe ser

,, preferida la nobleza en

la

distincion de las

,,

Dignidades EcJesiásticas por dos razones:

la

,, primera , porque muchos

de

los Beneficios

,,

grandes provienen de bienes de ]a n9bleza:

,, la

segund~l

, porque los Beneficios grandes

,,

dan autoridad

á

los

Obispos en las .Ciuda..

,,

des de su Di6cesis ,

y

es extremamente im..

,,

portante ·que para la seguridad del Reyno

,, los Reyes elijan

á

aquellos, cuya

fideli–

,, dad

les

es

conocida ,

y

cuyo talento ,se

ex–

' ' tiende no · solamente

á

las cosas de la Re·

,,

ligion ,

sino tambi-en

al n1anrenirniento

de

,, la paz

y

del

Órden

público : ::

¿

Qué

se

,, concluirá de esto sino que el Concordato

,, no

es de una conseqii{ ncia tan peligrosa ,

,,

como

se imaginó

quando fué

publica~o"~

No