CENERA~.
III
t
omendables
por
su
piedad ,
por su
regu-
si~Io
~:laridad
de costumbres ,
y
su exactitud en XVII.
t
cumplir
<;on
todas
las funciones pastorales.
¡
1
Uno
y
otro eran
ya
muy
conocidos
por
la
:: resistencia
que
habian hecho en el
negocio
¡del
formulario , con1o
se
ha
visto
en el
ar-
1
1
1
d
·c.
/
:.ttcu
o prece ente ,
y
segun n1anaestaron un
j;-misnlo carácter
de
adhesion invencible
á
su
¡: opinion ,
y
de
inflexíbilidad
en el
de
la re.-.
:~
lía, el qual ,
si no fuera
por
ellos ,
no
e
ncontrJra
obstácu_los ,
ni
excitara
turbacion
alguna.
Rehusáron
obsrinadan1ente
á
obedecer
cla
órden
de
16
7
3 ,
sin en1bargo
de
que los
:demas
Obispos
ran
interesados con1o ellos
.:en
sus
derechos creyéron
que no debian
po·
.ner
una
resistencia condenada por
la
pru–
;:dencia
á
las intenciones de un Príncipe, que
inden1nizaba
cumplidamente
las
Iglesias con
su
proteccion
y
su zelo, de la
pegueña
ven ..
j~
de que
los
privaba
por la
extension
que
se habia dado
á
la
regalía.
No se limitáron
tos dos
Prelados
á
una
simple negati
·a
de
someterse,
tambien se comprometiéron
en la
loril de acon1pañar su oposicion
á
]as
6r–
denes
del Soberano , con todo lo
que
podía
acerle mas ruidoso , pues no contentos. con
o admitir
á
los
Ecle
iásticos provi tos por
la regal!a
y
á
rnir.1rlos
con1o
intru
os ;
el
,un
de
ello
, que fué
el Obi
po de Pa-
i
rs , los
excomulgó
por ordenJnzas de 8
de