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CENERA~.

III

t

omendables

por

su

piedad ,

por su

regu-

si~Io

~:laridad

de costumbres ,

y

su exactitud en XVII.

t

cumplir

<;on

todas

las funciones pastorales.

¡

1

Uno

y

otro eran

ya

muy

conocidos

por

la

:: resistencia

que

habian hecho en el

negocio

¡del

formulario , con1o

se

ha

visto

en el

ar-

1

1

1

d

·c.

/

:.ttcu

o prece ente ,

y

segun n1anaestaron un

j;-misnlo carácter

de

adhesion invencible

á

su

¡: opinion ,

y

de

inflexíbilidad

en el

de

la re.-.

:~

lía, el qual ,

si no fuera

por

ellos ,

no

e

ncontrJra

obstácu_los ,

ni

excitara

turbacion

alguna.

Rehusáron

obsrinadan1ente

á

obedecer

cla

órden

de

16

7

3 ,

sin en1bargo

de

que los

:demas

Obispos

ran

interesados con1o ellos

.:en

sus

derechos creyéron

que no debian

po·

.ner

una

resistencia condenada por

la

pru–

;:dencia

á

las intenciones de un Príncipe, que

inden1nizaba

cumplidamente

las

Iglesias con

su

proteccion

y

su zelo, de la

pegueña

ven ..

j~

de que

los

privaba

por la

extension

que

se habia dado

á

la

regalía.

No se limitáron

tos dos

Prelados

á

una

simple negati

·a

de

someterse,

tambien se comprometiéron

en la

loril de acon1pañar su oposicion

á

]as

6r–

denes

del Soberano , con todo lo

que

podía

acerle mas ruidoso , pues no contentos. con

o admitir

á

los

Ecle

iásticos provi tos por

la regal!a

y

á

rnir.1rlos

con1o

intru

os ;

el

,un

de

ello

, que fué

el Obi

po de Pa-

i

rs , los

excomulgó

por ordenJnzas de 8

de