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11e hnbrian adherido
á
ella; lnnúmerables ejemplos
prueban· que l<;>s padres, y aun los papas, dudaron á
veces de la equidad de los
juicios~ronunciadns
por
el pc:mtífice romano
y
la sede apostólica ·;· de donde
concluyyabiarnente Bossuet que no hay otro medio
para conciliar estos pasages, que el de distinguir la
certeza íntegra
y
absoluta, de la piadosa confianza
y
favorable presuncion que aquellos se merecen. Así
que no siendo absolutamente ciertos é irrefragables,
·tampoco era lícito poner en duda su equidad, y exami–
narlos por las reglas de ·la revelacion; ·no obstante
que la eminencia de la sede y sus prerogativas indu–
jeron siempre á presumir en favor de la conformidad
de
&U
juicio con la tradicion de la iglesia universal.
Bossuet trata detenidamente esta materia. La pre–
silllcion
y
confianza que con justicia inspiran las de–
cisiones dogmáticas de la santa sede, son el funda–
mento de su privilegio ó derechu á tornar la princi–
.pal parte en todas las de la iglesia, y constituyen en
los fieles la obligacion de consultarla con preferen–
cia á las demas sedes sobre las cuestiones que se·
suscitan relativamente á la fé.
§.XVIII.
De todo lo dicho en esta obra nacen ciertos prin–
cipios generales que pueden servirnos de guia para
nuestra co]lducta.
I.
Por cuanto los juicios del papa y de la sede apos–
tólica no llevan en sí una certeza íntegra y absoluta
cuando no son confirmados por el consentimiento de
toda la iglesia, se sigue que no son infalibles é irre–
fragables, ni exigen una obediencia íntegra é ilimi–
tada, debida solamente
á
las reglas infalibles que
tienen por orígen y fundamento la unidad de las
iglesias. Asi pues, el que dudando de .la unánime
conformidad de estas sobre una decision del papa, ó ·