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- 302-

c!andose en que el superior podía adjudicarse aquell0, que

para si le pedían lo inferiores: q ue en la Curia Romana se

había introducido la costumbre, de q ue los obisp0s que se

consagraban,

y

los abades q ue se bendecían, teni:m que

exhi bir cierta cantidad pecunilllria, q ue se dividía entre el

P apa

y

los Cardenales,

y

que un obispo llegó

á

dar

~etecien­

tos marcos de plata: que á lo sumo se destinaba al cáso la ren–

ta de un año: que este j enero de anatas se pagaba únicamente

cuando la consagracion se hacia en Roma: que Juan XXII

i n t rodt~o

otro jenero d e anatas, y, e1·a un tributo anual de

todos los beneficios no électivos; que los siguientes Pontí–

ces convirtieron en perpetuo este tr·ibuto; y q ue Bonifacio

IX fué el verdadero autor de las anatas, segun la forma

q ne ahora tien en, ó que todos los que obtuvteren un bene–

ficio, diet'an la mitad del provento anual al fi sco apostólico,

y

con a nticipacion antes de sacar las bulas. P io V II propu–

so

á

Luis XVIII al tiempo de celebrar concordato, el res –

tablecimiento de las anatas,

á

la par de la restitucion de

Aviñon

y

el

cond a~lo

ve nesin o.

8.

Bula de la Cn¡.zada.

Saben nuestros lectores, que esta bula comprende la q ue

se llama

comun de 1Jivos, la de lacticinios, de composicion y

de difuntos.

Los sumistas de moral tienen cuidadode

e~.plicar­

nos estas cosas,

y

de hacer saber

á

los fieles, que "\a bula es

u n privilejio

jene,·o,so,

porque es tan copioso de induljencias

y

tan benigno

y

j eneral de dispensaciones, que no hai .otro

término ni palabra, q11e mas espligue la benignid ad de D ios,

y

la jenerosid ad de su vicario: que el Papa no puede revo–

ca¡·

J.a

bula, sino con justa causa,

y

recompensando la limos–

na, teniend o co n q ué, pues

eL

privilejio de la bula es

por

modo de cont,·ato one·roso y buc?·ativo;

y

que la bula de com–

posicion sobre bienes ajenos é inciertos, des pues de haber

h echo diligencias del dueño, está fund ada en e l poder del

Papa, que es administrador de los tales bienes,

y

pued e ha·

ce r composicion de ellos, aunque cada bula es ,por una can–

tidad determinada."

Bastan estos pormenores pa ra que el lector forme juicio

de ur¡.a bula, en que se conceden g raciae...... no atinamos

~

calificarlas, segun la id éa qLle nos merecen;

y

contentemo-