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<lerlas los S umos Pontífices, sin'tlerogar pot· eso .el,clecre·to

conciliar ;

:y

que G regorio X I V d erogó espresamente este

decreto." Consistía t>l vicio de las expecta tivas, en que dan –

dose un beneficio en vida <l e su poseedor para cuando hu·

biese de vaca r, quedaba el agraciado eh peligro de

c,lesear

la muerte del poseedor;

y

¿podía el Papa ' aparta•· al agra·

ciado del peligro de desear

la muerte, prescin diend o d e l

de recho de d erogar un decreto conciliar? Observan los erú–

litos, que durante e l gran cisnut se este,ndieron las reservae

y

las espectativas, dando los Papas d e Roma y de

~vi ño.n,

cada cual á sus fiunilia res y adictos, los be nefi cips, aun cuan–

do

tod a~:ia

no se ballasén vacantes.

'

5.

Plu.-alidad de benf!ftci os.

He :1quí una materia, eHqua á pot,fia a bund:1n

l:1

s~

ve.ri·

·

dad de los cánones,

y

la licencia de los in teresados. E l Con–

cilio 3.

0

de L etran, con el fin de repri'mir la avaricia, proh i–

bió severamente, que " nadie tuviese diversas dignidades y

muchas iglesias parroquiales, como sucedía con infraccion

de los cánones.'' E l Concilio

't.

0

del mismo. nombre Sfl las–

timaba, de gue tal pro\'idencia no hubiese producido fruto ,

ó sid o mu í raro, á causa <le la pt·esuncion

y

la codicia. T am–

poco este canon produjo todo el efecto que se necesitaba,

mayormente cuando e l mismo Concilio disimulaba el).Yi\l'.iQs

pu ntos la pluralidad d e benefioios,

y

pennitia, gue la siUa ·

apostól ica pudiese conceder dispensa e!l favor de los, suj etos

de alta j erarquía

y

de los literatos. A juicio del Docto Va–

n espen, "semej ante es presion en un decreto, en q)..le se cou–

d enaha la plura lid ad de beneficios, indicaba d e algLlll morlo

el camino de justificarla,

y

se aprobaba la dispensa, y como

q ue se ofrecía; llegand o

á

multiplicar;e de tal suerte las dis–

pensas, que parecían haberse convertido en derecho ord ina-

. rio. " Entre varios ej emplos que pud ieran citarse,

COl}

tente-

monos con el del Ca rdenal J uan de

!Yledici ~,

d espues L eon

X, que era canónig o de tres cated ra les, cura rector de seis

parroqu ias, cha ntre de F lorencia, prepósi to del Pn\ do,

abad de diez y ocho monasterios,

y

arzouis

po d

e Amalfi,

co n cuyo. motivo eselama asi el historiado1•'---¡qu.ot

in uno ju–

vene cumulata sacerdotia!

E l Tridentino trató seriament e

de esta materia,

y

proveyó lo conven iente, p rohibien do

t>n-