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·Lo trata el Sr.

Mo-–

ñino

desde el

ll.

847

eJ

8p.

y

añadia otro , que el Alcalde le pregunt6 por

él,

y

respondió

tenerle en casa de su patron , expusieron é indicaron otros res–

pectivamente , que luego que el Ministro lleg6

á

el

sagrado,

manifesr6 un papel 6 comision diciendo:

Sean Vms. testigos, que

el Sr. Alcalde, porque le hé requerido con ella

,

y

le pedí fa"JJor

,

co–

mo se me manda por aquí, me há asido, ajando la jurisdicion eclesiás–

tica;

conviniendo tambien algunos testigos como presendales,

en que luego que

el

Presbítero comisionado y el Recetor, acom–

pañados de un Sargento , prendieron

á

el D. Esréban; este con

desentonadas voces decía

fa"JJor al

(j?¿:y, y

á laJusticia,

á

las qua–

les concurrierqn muchas gentes,

y

algunas con armas ;

y

asién–

dose de el Juez y Recetar, repetia el Alcalde

fa"JJor al

rR.y,

fa–

"JJor á la Justicia, toquen á rebato

;

y el Juez eclesiástico convoc6

por medio del Recetor á los Soldados , para execmar la prision

del Alcalde, como en efecto la hizo con su auxílio-, y lo coloc6

en la SacristÍa·, estando ausente de la Villa el otro Alcalde

y

el

Regidor Decano. Deponen tambien algunos testigos, que pidi6

el

D. Estéban se le manifestase el Despacho que habia para esta

diligencia, y que le respondi6 ·el Juez, que á su tiempo loba–

ria y lo veria : y habiéndose remitido preso con Soldados

á

Cuenca á el D. Estéban del Coso, pidi6 soltura, y

el

Provisor

en

2.

de Mayo declar6, que el Juez de comision no habia debi–

do prender

á

el Alcalde Coso sin implorar

el

auxilio de su com–

pañero , siempre que no temiese la misma resistencia y emba–

razo' y mand6 que se le pusiese en libertad' despachando exor–

to al Intendente, mediante hallarse en la

~árcel

Real; y ram–

bien para que luego que estubiese libre , lo mandase asegurar

por estar justificado su delito de ser motor é impediente de la

execucioh del Despacho del Provisor; de que apel6 á la N un...

ciatura, y por este Tribunal se devolvieron los autos á el Pro...

visor , para que dentro de tercero dia , se le recibiese su confe_.

sion á

el

D. Esréban; y que dando fianza de estar

á

derecho;

y

pagar juzgado y sentenciado se le concediese inmediatamente

soltura, y despues se procediese en la causa conforme á derechos ·

cuyos dos primeros particulares se verificaron, pero no todavía

el

último, respecto que recibidos ya los autos

á

prueba, y dado

en ellos cierra providencia sobre término , introduxo el Alcalde

recurso de fuerza en la Chancillería ,

y

hasta ahora se dice no

há solicitado la remision á ella.

3 8 3

Asimismo se queja en

el

núm.

57

de que las Justicias

violan la inmunidad local,

y

sacan de los Templos de mano ar–

ma-