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Piez. 5. fol. 5 5•

P. 5.

f.6

:z..y

sig.

'NOTA.

L a saca de estos

g1'anos f ue en

I

de

E nero de

1763 ,

Y

los Autos se remi–

tieron

á

el Consejo

de Hacienda en

4

de Marz o del mis–

mo año

,

y

los de–

v olvió á el R. Obis–

po en

2

3

del pro-

.

pio mes

:

de que

resulta

,

que el he–

cho por el qua/ pro–

cedió

nuevamente

el Prov isor, era an–

t erior á la resoltt–

&ion del Consej o.

2.

70

Por testimonio en reladon , que

remitido

él

R.

Obispo , dado pbr uno de los

N

orarios de su Tribunal ecle–

siástico, resulta, que se suscitaron autos en

el

año de

7

6

:z.

entre

el

Procurador Síndico de la Villa de Pedroñeras y diferentes

Presbíteros, en razon de habérseles repartido á estos por la Jus:""

ricia diversas cantidades por servicio-ordinario, tributos de al–

cavalas, cientos y millones , de los bienes que poseían de sus

patrimonios ,

y

Capellanías , fundadas ántes del año de

7 37,

y

no tener, segun decían , traros ni grangerías : consr6 que los Al–

caldes habian allanado las casas de los Presbíteros , para la exac–

cion de granos, depositando á uno un par de mulas, pendiente

ya la instancia en aquel Tribunal, y tambien los granos: habién–

dose querellado los Eclesiásticos, y ocurrido varios pasages,

mand6

el

Provisor entre otras cosas, se les restituyese todo. En

cuyo estado pidi6 los Autos

el

Consejo de Hacienda, con cuya.

vista y represenracion del

R.

Obispo sobre los excesos de la Jus..

ricia , acord6

el

escribir carta, como se hizo en

:z.

3

de Marzo

de

1

7

6 3

,

á aquel Prelado , expresando haber visto el Consejo,

que en el conocimiento de los Autos no había excedido

el

Pro–

visor de los límites de su jurisdicion ,

y

que la Villa -había proce–

dido sin formalidad,

y

con absoluta ignorancia ; por lo que se le

prevenía en aquel dia

á

la Justicia fo rmase nuevo repartimiento

á

los

Eclesiásticos particulares ,

y

el modo para ello, dirigiendo los

Autos al

R.

Obispo; manifestándole estaba el Consejo muy sa–

tisfecho de su zelo á el Real servicio, esperando concurriría

efi–

cazmente á el establecimiento de la concesion del Concordato,

como del auto de Presidentes, en todos los tratos, negociado..

nes , y grangerías de los Eclesiásticos.

:z.

7

I

Devueltos

en

efecto los auros, en este estado,

y

con

moti,·o de haber uno de los Alcaldes extraido de la cámara de

uno de los Eclesiásticos, con un Escribano ,

:z.

7

fanegas de tri–

go

y

7

de cebada, quebrantando la cerradura ,

y

habido otros

pasages , con

el

de justificacion del lance, se les libr6 despach<>

de comparendo,

y

para la restirucion de granos , que ya pare–

da

babia vendido algunos

el

Alcalde,

y

quiso hacer pedazos

el

despacho;

y

por no obedecer, se le puso en tabla , y corrieron las

providencias hasta participantes,

y

anatema: en cuyo estado,

y

en

el de haber expresado quatro de los Eclesiásticos se hallaban

eme~

ramente reintegrados de los bienes extraídos,

á

excepcion de al–

gunas partidas de maravedis , que citaron, se volvieron á pedir

los

Autos por

el

Consejo : de cuya 6rden ,

y

en visea tambien de re-

pre-