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17i-

La Iglesia es una Socied¡¡d perfecta

y

tiene, como tnl,

personalidad jurídica que no es posible desconocer sin

caer e n profunda aberración.

Tiene, por consig uiente, todos los derechos que de su

propia naturaleza se desprenden, siendo e ntre el los el de

propiedad tan inviolable. como el de los particulares, en

todas

y

cada una d e sus manifestaciones .

La propiedad está gna ntida tanto por la

ley política

cuanto por la ley civil.-''EI Soberano d e un E stado, en

virtud del im perio em inente que ejerce. dice un publicis–

ta, podrá gravarla, exigi rla,

[Jrevia la correspondiente

indemnizació n

y

las forma lidad e

legales par;¡ estos ca–

sos prescritas; pero nun ca podrá apropiársela. despojan–

do al que la disfruta legítima men te, sólo porque así le

beneplazca. Esta facultad sería disolvente de la asoci;¡–

ción

y

establecería entre las naciones cu ltas del siglo XIX,

el señorío fé rreo d e los tiem pos posteriores á . Iahoma".

Según llUf-'s tro Código Civil. son efecto de la propi{-'–

dad

6

dominio :

I.

0

El derecho que tiene el propietario ele usar de la

cosa, y de hacer suyos lo

frutos

y

todo lo accesorio á

ella;

2 .

0

El d e recogerla si se halla fuera de su poder;

3.

0

El de disponer libremente de ella;

y

o

El de excl uir á otros de la posesión

6

uso de la

cosa.

o es, pues, potestativo de los Gohiern os borra r de

la legislación civi l las inmunidades de los bienes tempo–

rale de la Igle ia y restringi rlas si n an uencia

y

expreso

conocimiento de la potestad eclesiástica á quien perte–

necen.

La profunda convicción que de esto tienen los Católi–

cos hace

indispensable que su primer Congreso haga la

proclamación

y

ex prese el deseo que contiene el siguien–

te proyecto d e acuerdo que ha aprobado en segundo lu–

gar vuestra primera Sección.

.

**,_,

La obligación en que están los fieles de sostener el cul–

to y sus ministros como que está fun dada en la constan–

te necesidad de la religión

y

del ministerio, e · perpetua

é irrevocable, siendo sólo el modo de cumplirh un pun–

to de disciplina que puede variar

y

sigue bs vicisi tudes

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