26
SAN MATHEO.
causa , facit eam moechari : et
qui dimissam duxerit , adulte–
rar.
33
Irerum audisris quia di–
~&;tm
esr anriquis " :Non periura-
b¿s :
~~·aut•
!O~no
iura-
menta tua.
34 Ego autem
n 'n iurare omnino , neque per
Caelum, quia thronus Dei est:
35 N eq ue per terram ,
q~a
scabellum esr pedum eius: neque
per Ierosolymam, quia Civiras
est magni Regis:
36
Neque per caput tuum i'ir–
raveris, quia non potes unum ca–
pillum album facere, aur nigrum.
37
Sit
b
autem sermo vester:
Est, cst: non, non : quod autem
his abundantius est , a malo
es
t.
38 Audistis quia diél:um est e:
Oculum pro oculo , et dentem pro
dente.
39 Egoautemdicovobis,non
"
1
la expondrá a caer en este pecado
abandon:lndola de esta suerte ; esto es,
quando ella no lo hafo1 merecido por su
mala conduél:a.
1;
Aunque fuese por causa de adulterio.
3
MS.
No
te
preiures
:
torna a Dios
t¡f..)
iuras.
Esto
es ,
lo que con juramento
le hubieres prometido.
4
Que sea lícito jurar a los Christia–
nos quando la ra.zon o la necesidad lo pi–
diere , lo enseña
la
práél:ica de la Iglct!a.
El
uso
del juramento, dice
S AN HILARlO
in M atth. Cmz.
IV.
no es necesario a los
que viven en
b.
sintplicidad de la fe; por–
que estos se comentan con el
sí
o
1zo
sen–
cillo que nos
dic~Ch
·
Yl
en
su .Evan-
gelio.
'
s
.
MS.
Sosten· .
t!o.
~.
6
D e
11111¡•.:
·roced~
:
esto
¡''
de mal
~rvit.
xrx.
12.
Ex
D f!ulrr . y
J
1.
/¡
]t¡(Ob, v.
xx.
7·
adúltera ' :
y
el que tomare la
que otro dexó ' , hace adulte–
rio.
33
Ademas oisteis quefuédi–
cho a los antiguos : N o serás per–
juro; mas cumplirás al Señor tus
juramentos '.
34 Mas yo os digo , que de
) ingun modo jureis
4
,
ni por el
Cielo, porque es trono de Dios:
(· Ni por la tierra, porque
es peana ' de sus pies :
ni
por Je–
rusalem , porque es Ciudad del
gra¡¡<le Rey:
36"
Ni jures por tu cabeza,
porque no puedes hacer un cabe-
llo blan'!:o o negro.
.
37
Mas esta sea vuestra pa–
labra: Sí, sí : no, no; porque
lo
que excede de esto, de mal pro–
cede '·
38 Oistcis que
fué dicho:
Ojo por ojo , y diente por dien–
te
7 •
39 Mas yo os digo, que no re-
princi
!1'1,
que es, o l1:_descohfianza de los
~nos
1
c;(.a m:\la fe de los otros. Se puede
mterpre
1.,
dclmalig1w proadr: :
esto e.s,
del espír rJ maligno , que intenta haceros
perjuros ;i;r que de este modo ultrajeis
el
nombre d D
ios , que tambien debe ser
respetado
~
tod.tssus criaturas.
(.j
7
Un
gr.ado de justicia considerable
entre
los l'lhiriséos era no exceder
la
justa
medida de
la venganza.
Y
así Moysés
ha ..
bia ordenado
L evit.x
IX.
18.
et xx
IV.
20.
que se arrancará solamente
ojo por ojo
,
J'
diellfr por diewe;
esto es, que la veo,g:m–
za fuese
proporcion:~da
a la
injuria ; pero
la
p:tz perfeéta que el l-lijo de Dios ''ino
a
cuscñarnos, consiste en no querer vengar–
se
de
ningun modo.
Y a
esto aluden los
exemplos que propone en los versículos
siguientes.
~
e
E xod.
XXI.
24.
D mter.
X IX.
21.
L evit. x.tJv.
20.