En la sesión del7 de noviembre de 1849, Pedro Gálvez impugnó las ideas de Herrera,
quien presidía
el
debate, negando que
la
capacidad intelectual sea el origen del derecho,
El derecho de alimentarse -dijo entre otras frases- no proviene de la
capacidad de tomar alimentos ni es posible pedir a cada uno sus títulos de
capacidad antes de permitirle la libertad de obrar .. si la ley demanda
requisitos ficticios, establecidos por la sociedad misma para ejercer un
derecho natural, es injusta y opresiva. La aptitud para elegir no depende del
conocimiento de la escritura... Yo apelo al mismo principio de la igualdad
humana que proclamó el señor Herrera, para acusar de atentatoria contra
la personalidad del hombre y la nobleza de su destino a la ley que dividiendo
a la humanidad en dos porciones confia exclusivamente a una la otra,
sometiéndola a perpetua tutela.
Terminó demandando
la
libertad del negro. La votación fue favorable a
la
doctrina
de Gálvez por 96 contra 19 votos.
Es llnportante señalar, como observa con claridad Carmen Me Evoy, que
El debate entre Pedro Gálvez y Bartolomé Herrera, su maestro en el
Convictorio de San Carlos, evidenció cómo el modelo elitista y autoritario,
defendido por Herrera, comenzó a ser cuestionado por sectores urbanos
que opinaban que la soberanía popular debía ser el eje central de la República
(. ..)Los ataques contra Herrera y su <<ideología unitaria» se manifestaron en
el parlamento, en la prensa y en las publicaciones liberales (. ..) La
monumental obra de Vigil <<Defensa de la autoridad de los gobiernos contra
las pretensiones de la Curia Romana>> fue un ejemplo de los intentos liberales
por establecer la autonomía política del Estado y de la sociedad civil,
frente a las influencias de la Iglesia (JV.[c Evoy 1997: 34).
Pedro Gálvez fue rmo de los que formaron el Club Progresista, del cual fue
secretario, y cuyas orientaciones liberales dieron como resultado su primera
candidatura civil a
la
presidencia de
la
república, como
la
de Domingo Elías.
Integró luego la comisión formada para redactar el Código Civil (1851-1852)
y,
como secretario general del gobierno revolucionario, formado por el general
Ramón Castilla en Arequipa, redactó el decreto que dispuso la abolición del
tributo de indios (5-VII-1854). Como J\1inistro de Instrucción participó (1854)
en el régimen surgido de aquella revolución.
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