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derecho romano), derecho penal y administrativo y estableció las clases de

jurisprudencia, sosteniendo en todas estas materias los principios más liberales,

desterrando el derecho natural de Heinecio y adoptando las ideas filosóficas de

Ahrens. Sostuvo el principio de la soberanía popular como fuente de toda

autoridad contra el de la soberanía de la inteligencia que proclamaba Herrera.

Defendió el Patronato Nacional contra las pretensiones de la Curia Romana y

enseñó que la libertad, lejos de ser causa de perturbación social, era principio de

civilización y progreso y que la misión de todo buen gobierno consistía en

armonizar el principio de autoridad con el respeto a la libertad.

Pedro Gálvez Egúsquiza era el tercero de los hermanos y nació en Cajamarca en

1822. Inició sus estudios en el Colegio de Ciencias y Artes de su ciudad natal bajo

la dirección de Juan Pío Burga. Después trabajó con su padre en la hacienda

Catudén. Cuando vino a Lima en 1842 se matriculó, jrmto con su hermano José,

en el Convictorio de San Carlos y obtuvo el grado de doctor en jurisprudencia en

la Universidad de San Marcos, recibiéndose de abogado en la Corte Superior de

Lima.

Como ya se dijo, se incorporó ala docencia en el Colegio de Nuestra Señora

de Guadalupe cuyo rectorado ejerció (1850-1852) sucediendo a

Sebast:i.ánLorente

.

En las elecciones parlamentarias de 1849, Bartolomé Herrera fue elegido diputado

por Lima y presidente de esta Cámara; y Pedro Gálvez diputado por Pataz,

cuando contaba 27 años de edad.

Le

tocó nuevmnente a Gálvez polemizar con su

antiguo maestro, esta vez, sobre el sufragio de los indígenas, pues Castilla autorizó

en la ley electoral el voto de los indígenas y de los mestizos analfabetos. Tuvieron

mucha trascendencia los debates que sostuvieron Herrera y Gálvez cuando se

discutió en cámaras reunidas el proyecto de reforma constitucional. Herrera

pronrmció rm notable discurso en el que, entre otras cosas, sostenía que el derecho

no tiene su origen en la volrmtad hlllllana sino en la naturaleza, que no era rm

castigo a los indígenas y mestizos analfabetos declarar que no podían votar,

porque se puede carecer de rm derecho, no solo por delito sino por incapacidad

natural; aseguraba que negar el sufragio a la mayoría de los indios no era

degradarlos, en cmnbio «darles participación en la política es la verdadera obra

maldita de degradación y de repugnante envilecimiento de esa raza infeliz» y

exhortó vibrante «¡Educación! ¡educación, señores para los indios! y, por lo que

hace a derechos, reconozcamos que nosotros no podemos hacer más que

declararlos cuando existen y que sólo Dios puede crearlos».

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