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292

.ni

ha

.fido Oficial ,

ni Miniíl:ro,

en ·dicha Cafa. ·

:i

, ·1478

OE-e fiendo los cargos falta de

ley,

y

pe–

.fo

en .

las Monedas,

no

le incumbe inqu·irir eíl:e

punto, pues ni tenia oficio,

ni

hacia juramento, ni

ay

Ley,

o

Eftatuto que le obligue a tener razon

en

.el

pefo,

y ley

de ellas,

y

fol.o es de fu obligacion

folicitar recoger barras para labrar en

la

Cafa,

y

no

en otr.a parte, y hacer que el Enfayador de ellas las

reenfa

ye,

y

certifique eftar reducidas

a

ley ~

y

he~

cho efl:o, entregar la plata fundida por pefo al

Te–

forero,

y

Oficiales para que la .labren , y

hagan

Moneda de ella,

y

hecHa , y labrada, recibir po.r

quenta,

o

pefo a

fu

eleccion la mifma que entrego;

fegun previene la Ley Real de aquellos Reyn?s ,

y

~

.. por

el

deíl:ino ,

y

praética .de todas las

Cafas

~e

Mo–

.)

neda,

y

Mercaderes de ella,

y

el

cuí.dado que

to'...

· dos tie.nen en que no fe les figa perdidas, ni atraf..

fos en

fu

caudal,

a

que eíl:an expueftos por las me.t ..

mas, _hurws,

y

otros cafos inevitables,

y

fortu!cos,

y

por lo mas caro de los alimentos , por

lo

qual

ninguno aplica

el

caudal que no atienda

a

coftearfe,

y

quedar con alguna recompenfa.

1479

~e

muchos han defamparado po.r dta

,caufa

el

exercicio de Mercader,

y

no han querido

fer participes con

el

·referido,

y

por dl:o

,

y

que no

ceífen las labores, fe le ordeno las continuaífe,

y

fe

providencio lo prevenido en

el

Auto confulcivo del

Real Acuerdo .de

9.de

Marzo de

730.

M.n.288.de–

moníl:rando con evidencia ave.r fido

cierta,e

irrefra–

gabJ~

la reprefentacion de los grandes coftos que

le

tiene al Mercader

la

labor de cada partida,

y

de

que .no dexandole

afsigna~ion

correfpondience

a

ellos, era.inipofsible

fe

configa

fu

continuacion.

1480

OE-e de efl:o

fe

infería, que .aunque hu..

vieífe feble,

y

fe

le entregaífe en ·orden

a

fu

jufta

tecompenfa,

no cometia exceífo,.

ni

injufticia, ni fe

.

. ·

füiiii

en-

QEe

la

unica

obligacíon del

Mercader es la

de folicitar ba–

rras, &c•

Que hechas las.

diligencias an–

tecedentes en–

trega la plata

por pefo al

Te~

forero ,

y

Ofi-·

ciales para

sue

la

labren ,

y

1

buelvan la mif–

ma que

ent~I.!·

go.

.J

'

)

.Qué

-to'doS–

qlii'eré cofid r–

fe

en~fus·

labol.

res,

y

oficios,.

.Qye

~ poi.-

·no

.Goíl:earfe

han

dexacAQ.

.

m!li

chos

el

e~erd~

cio.

Í-1

' .......

'

1

-

~

L

•' , {

Qye no come.J

tia exceffo

eq

aver llevado el

feble.

·

·