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a·Jguna que no efte prieíl:a.

en los

Autos",

ni

uanifef-

udofe

a

los corílprehendidos en .ellos•. '

t'

""

1

1004

~e

en

quan.to.

a

las Diligencias.que uni-

·"'11c

por

as

.

,

diligencias .no

,camence parece aver precedido a las pníiones

i

em..

huvo

1

m?íitivo

bargos

,

y

confefsiones de eíl:e

,

y

demas

Oficiales~

para a pn

ion.

.

eíl:a refpondido dilatadamente en otros Efcritos,

y

en eíl:e, demoíl:rando la debilidad,

y

falencia .de

~nas,

que µe ninguh modo pueden producir la

con–

duyente,

clara,

y

coníl:ance prueba que fe requiere

para poderfe proceder con accion criminal contra

perfonas,

y

.Miniíl:ros bien opinados en

el

exe.rccicio

de fus oficios,

y

mas.quando defde

el

principio

ma:~

nifeíl:aron pronta,

y

fencillamente la praética ·

del

feble de dichas Monedas,

y

los motivos de

aquella~

y

los han calificado plenifsimamente, elidiend© ,.

y

;T" "; ..

.·, ')

··defrruyendo toda .contraria fofpecha.

-

. · .100.5

~e

repite muchas veces

cd

Fifcal, que

el

pid110 Teforero,

por

fer

el

principal Miniíl:ro, ef–

- taba

rna~

obligado

a

remediar qualefquiera abufos,

~e

la

permif–

fion del feble

la

hallo

eíl.a–

blecida eíl.eTe–

forero en la

forma que fe

ha dicho ,

y

probado.

y

de todo arguye, que

fe

le debían imponer mayo–

res ·penas, :y condenarken

el

importe de lo que ex–

preífa

.en-

cada partida:

a

que fe refponde con

1o

que

cambien fe

ha

dicho ·muchas veces

fobre

que

el

fe–

ble

que

fo

hallo en la balanza de mil pefos ,

fol.

7.

Mem.

num.485.

que es . la unica que puede apre–

ciarfe, no lo incroduxo, ni!invento ·,fino que lo

ha–

Uo eíl:ablecido por difpoficion de fos Superions

defde la fundacion

de

dicha

Cafa,

y

en

affentada,

y

uniforme coíl:umbre publica ,

y

notoriamente·

.a

ciencia ,

y

paciencia de todos ,

y ·

cfpecialmente

de

los Virreyes,

y

Jueces

Superintendentes,~

cuya

fu~

perim--

reprefentac~on

; •Y' (aucori:dad debí.a

a.ffencir,

fin q·mee-aile duda, ni ·recelo alguno

,i.y

cada

dia

pu–

do.,

y

·debio confirma1· efte- fe.guro

ju~do

por

que

fue· expeiúmentado ,

y

r;eámocid© .viíiblemente;

qu·e de

.~:>tra

fuer.ce

no

pucli.era

coftear.fe

·

;.;d

íer

Mer...:

ca-