a·Jguna que no efte prieíl:a.
en los
Autos",
ni
uanifef-
udofe
a
los corílprehendidos en .ellos•. '
t'
""
1
1004
~e
en
quan.to.a
las Diligencias.que uni-
·"'11c
por
as
.
,
•
diligencias .no
,camence parece aver precedido a las pníiones
i
em..
huvo
1
m?íitivo
bargos
,
y
confefsiones de eíl:e
,
y
demas
Oficiales~
para a pn
ion.
.
eíl:a refpondido dilatadamente en otros Efcritos,
y
en eíl:e, demoíl:rando la debilidad,
y
falencia .de
~nas,
que µe ninguh modo pueden producir la
con–
duyente,
clara,
y
coníl:ance prueba que fe requiere
para poderfe proceder con accion criminal contra
perfonas,
y
.Miniíl:ros bien opinados en
el
exe.rccicio
de fus oficios,
y
mas.quando defde
el
principio
ma:~
nifeíl:aron pronta,
y
fencillamente la praética ·
del
feble de dichas Monedas,
y
los motivos de
aquella~
y
los han calificado plenifsimamente, elidiend© ,.
y
;T" "; ..
.·, ')
··defrruyendo toda .contraria fofpecha.
-
. · .100.5
~e
repite muchas veces
cd
Fifcal, que
el
pid110 Teforero,
por
fer
el
principal Miniíl:ro, ef–
- taba
rna~
obligado
a
remediar qualefquiera abufos,
~e
la
permif–
fion del feble
la
hallo
eíl.a–
blecida eíl.eTe–
forero en la
forma que fe
ha dicho ,
y
probado.
y
de todo arguye, que
fe
le debían imponer mayo–
res ·penas, :y condenarken
el
importe de lo que ex–
preífa
.en-
cada partida:
a
que fe refponde con
1o
que
cambien fe
ha
dicho ·muchas veces
fobre
que
el
fe–
ble
que
fo
hallo en la balanza de mil pefos ,
fol.
7.
Mem.
num.485.
que es . la unica que puede apre–
ciarfe, no lo incroduxo, ni!invento ·,fino que lo
ha–
Uo eíl:ablecido por difpoficion de fos Superions
defde la fundacion
de
dicha
Cafa,
y
en
affentada,
y
uniforme coíl:umbre publica ,
y
notoriamente·
.a
ciencia ,
y
paciencia de todos ,
y ·
cfpecialmente
de
los Virreyes,
y
Jueces
Superintendentes,~
cuya
fu~
perim--
reprefentac~on
; •Y' (aucori:dad debí.a
a.ffencir,
fin q·mee-aile duda, ni ·recelo alguno
,i.y
cada
dia
pu–
do.,
y
·debio confirma1· efte- fe.guro
ju~do
por
que
fue· expeiúmentado ,
y
r;eámocid© .viíiblemente;
qu·e de
.~:>tra
fuer.ceno
pucli.era
coftear.fe·
;.;d
íer
Mer...:
ca-