eíl:ilo
,
·y
obfer.vancia ·de
la di,ha Cafa en
d
.perm_i–
'. º
~
tido feble de fus .Monedas
,
y
en
el
aj'uftamiento de
, la
ley de ellas, pues afsiftia continuamente por
fu
j
perfona
a
ver librar las partidas de ella:
y
no 'avien:
_
,
.do tenido
effa
praética
el
F.ifcal ,
y
fiendo
el
Are.e _
.de
Ca
fa
de Moneda tan.peculiar, y refervado
f
olo
a
los.verfados en ellas,
pudo
creer ·, que ·verifican...
dofe eíl:a
,
y
las demas buenas calidades en.
el
di.cho
<llte en
el
año
de
1705.
hizo
notable cótra–
dicion
a
las
pre
teníiones
del
J'cforero.
Don Gonzalo
:,
fe aj uíl:aria en dicha
fu
Viíica
a
las
debid:as reglas
de
elJas, fin. omitir examen , ni
dili~
gencia) que pudieífen fer concernientes
a
in'íl:rulr
mas ·plenamente
fu
·zelofo,
y
jufiificado juicio. Lo
qual
vio comprobado en eíl:os Autos, con
la
Ref-
pueíl:a , que fiendo Fifcal de aquella Real Audien.::.
cia por
el
añode .1705.dio
afol.380.
Memor.num•
.-
176..
que
acredit~
que en nada favorecía
al
Tefore:
ro de dicha Cafa ,
y
que aunque
a
viíl:a de los gran-. .
des.fundamencos que
le
afsifüan ,
y
prevalecieron
en
el
aprecio
del
Virrey Conde de
la
Mondova,
y
el
del Superintendente, n<J> omitiO. hater la mas ·ef-:
<llte no podia
forzada contradicion
:
con que mal puqiera · imagi-.
f::~~:~~~e ;~
narfe que falo en la dicha Vifita fe huvieífe 9efcui–
la Viíita;
y
que
dado:
y
afsi lo determinado en ella
a
favor del Tefo-
~oe~et;~:;i~~~; r~ro,y
Oficial,es,y
del
efiilo
1
y
obfervancia de dicha
mayor
prueba
Cafa,y dé
la
ley,y.pefo de
ÍUsMon~das,es
la
mas ir:–
:~:ce1~~~~~~~
erfragabkprueba que fe puede
dar,y
de ninguna efr_,
diadár.
~acia
los argumentos con que fe procura debilitar."
Ir
1
ooo .-
~e
profigue
el
Fifcal
,
il'ltenrando ·_ per-'
fuadir .que ·
el
dicho .Teforero
eíla
co9vcnciéf.o
eh
Jos Cargos que
le
acumul~,
y
.que
por-la mayor
fu.
poíicíon ,
y
confian,za de .
fu
oficio
,-es
Reo de
lo,
que
huvie.r~n deli~quido.
Ios
d~ma~;
y •añade, que ·
no folo· no· reparo , como deb1a , a"quellos fra,udes, ·
fino que antes .fue principal autor .de
,eJJo~· ~·
e.n
· qu~
es.digno de
notar~
·qu<:= de . unas
prem·i_ífas- ~an~<le~i- :
les ,,
Y.
aun remotas, que
efl:an
defv~ne<i:idas- cón'
tan :
Ipa-