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1

97

teto

el

importe principal de la partida ; para que lo.

chos

el

Tefore-

'

·

ro.

pague

a

fus dueños, parece que en lo general de ef-

tai

difpoficio_!!_no

fe

c~rehende

el

feble de la-Can-

- tidad que fe referva para la paga

de

los derechos .,

y _

afsi no deroga

el

que tienen con tan antigua poffef-

.

, ., ..

fion,

y

declaraciones favorables los

Teforero~

de ·

~

aquellos Reynos, por los particulai-es morivos·de

l)

<,

los mayores

,

e

·incomparables gaíl:os que en

ü

fe

hacen.,

y

por

el

del carbon que coíl:ean

,

y

demas

gravofas peníiones

a

que eflan fujétos,

y

fe coníide..

raron para aquella aplicacion;y no aviendolos teni–

do prefentt:s

V

.

Mag.al

ciempo

de

eita~Iece,r

la dicha

nueva Ordenanza

,

ni o1do fobre'"' eíl:e particular

a

los intereífados , no fe debe preCumi\r

que

·V.rMag.

quiera que

fe.

les defpoje

·9e

la. amügua. poífefsion

de aquel privilegio,

y

mas no aviend_o efpccifica:rej,

v-ocacion de··et

,

como

fe

requería :-:

eftai;tdoi·pr-C.:;

venido

en

la .Merced,

y.

Real

Timlo

.de ;effe

11efo–

rero, que goeé ·con dichp o6cio de todo

fo

"quo.

ef ...

tuvieífe concedido al

d~

Potoíi, lo qual . effif>µ-Io

por

vía

de contrato onerofo

,

y

rec-i,prncb,

i~t~vi­

niendo ferv'i-<í:io pecm1i·ario

,

ciernas de loschereda'–

clos,

y

_39quiridos, que ;hacen irrevocabl-et b

i©.ri–

cefsion.

, - ,..

:

-

·

·

~

:rJ

.-r ·_

~

._

995

~e

añade1d Eifcal,.no"le

aprovech;~·· al

Teforero los.

Autos

de

Yifüa

de ,D0'n»Gonzalo~-~a·-·

mirez

de

Vaquedan©

)

.clig\1ifsimo·

Confejeto

Idd

Real-,

y

Suprerb9.· de

Indías··,

que . cofren defde

fol.

160.

hafl:a

166. 'Memar;núm.284. ·por

a

ver mirado

el

fin

de ella

íi'olamente

a

c'oñ;vertir

dl

J(:feéto-

de ~~los

cn~erramiericos

eh.

aiplioorfos para

.l~s

gaftos'.fitua-'

dos

en

las penas

d:e · Ca--m~r~~,, y~ por

av-er hecho :

fos

enfayc5" Dorr€:hriíl:oval·de

Melgir.cj0,

a

quie

n f.u-

pone

p~inéip:a:il ~ompliead~

,en·

los

1~efeétos

Je r·

l.ey;

-.

y

pórque·

e-1

tlicbo

J

uez:iV'.lfitador

·,no ·

.tuvo

nutro~-

de

elléis, ni prooe.dio

a

mayor

efpocufaci~n~-

y

p-or-

que

Qpe fin averle

oido ,

y

tenido

prefente

fu

T i.–

tulo ,

y

<lemas

providencias,

que precedie–

ron para llevar

el

feble , no es

prefumible que

V.Mag. le def–

pojalTe de la an

tigua polTefsió

en que efiaba.·