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esas maquinaciones sediciosas, y casi todos sus secuaces se ausentaron clandes–
tinamente de esta ciudad,
trasladándose al campo del jefe de la revolucion, y
que, vencido éste en la batalla del Sauce, han vuelto á ponerse bajo la sal–
vaguarda del asilo, cuyos deberes quebrantaron pérfidamente.
»
Sabe mi Gobierno, ademas, que activan de nuevo sus trabajos en favor de
la rebelion, enganchando gente y proveyéndose de elementos bélicos, para efec–
tuar nuevas espediciones, que solo darian por resultado, ensangrentar aun mas
la guerra fratricida en que han envuelto el pais.
»
V. E. no ignora, que si bien el asilo en territorio estrangero y neutral, es
un derecho
admitido por todas las naciones civilizadas, él impone al asilado
deberes de que no es permitido separarse, sin perder en el hecho, el goce de
aquel beneficio.
»
En tal caso se hallan los emigrados orientales D .
doctores Ambrosio Lerena y D . Juan José Herrera, y
Federico Nin Reyes,
D . Julio y D . Federico
Nin (hijos) así como cualquiera otros, que en las mismas condiciones que estos
hayan fugado de esta capital y regresado recientemente á ella, despues de ha–
berse hallado en el campo del jefe de la revolucion y prestado
allí
sus servi–
cios ó militado en las filas de aquel.
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El Gobierno Oriental, pues, haciendo la debida justicia á la lealtad y ele–
vada política del de la República Argentina, se persuade que en presencia de
los hechos que dejo enumerados, y ajust ándose á las reglas y principios que
impone la neutralidad con respecto á un gobierno amigo, tendrá á bien im–
partir las órdenes necesarias, á fin de que los individuos citados, quienes no
solo perdieron el derecho á la hospitalidad de que abusaron, sino que maqui–
nan nuevas tentativas reaccionarias, sean, sino mandados salir fuera del terri·
torio de la República, en un término inmediato y perentorio, al menos in–
tern ados á punto de ella, donde no puedan realizar sus propósitos sediciosos.
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Ruego á V. E. quiera el evar esta nota al conocimiento de S. E . el señor
Presidente de la República, y admitir
los sentimientos de alta consideracion
con que lo saluda
Adoifo Rodriguez.
A S. E. el Dr. D. Carlos T ejedor, Mini'stro áe Relaciones Exteriores de
la Repiéblüa A rgentina.
»
DECRETO DEL GOBIERNO ARGENTINO
«
Buenos Aires, Enero 16 de 1871.
»
Contéstese lo acordado dirigiéndose la nota correspondiente al Jefe de Po·
licia, para que h aga saber á las personas nombradas que dentro de tres días
deben escoger una residencia á :?o leguas de esta ciudad, donde permanecerán
h asta nueva órden, y salvo cualquiera observacion que creyesen de su derecho
h acer.
SARMIENTO.
CARLOS TEJEDOR.
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