JOSE MEJIA V
ALEAA
1.31
habían servido para indicar la filiación materna, se fueron
dejando de lado y solamente se usaron en las conversaciones
íntimas
y
sin trascendencia:, ,.ya que, para los asuntos de ver–
dadera importancia, era la ·filiación paterna la que adquiría
~a
nota dominante.
Es
así como subsistió, hasta' la aparición
del Estado lnGa, esta doble denominación para designar a
una misma persona.
La
nomenclatura completa de este nue:–
vo sistema es inútil repetirla, porque ha qued3:do planteada,
con todas sus notas sobresalientes, en el aparte dedicado al
oarentesco.
...
-
Si bien la mujer pasó a ser propiedad del varán que la
había raptado,
y
le estaba expresamente prohibido el trato
i exual con otro, 'en cambio el hombre no perdió su condición
de polígamo. Esta situación proyectó hasta la época Inca
remanencias poderosas que se tradujeron en una poligamia
circunscrita solamente a los- jefes. (23).
Además, hubo otro cambio fundamental como conse–
cuencia de las guerras
y
rapto de mujeres. Ya se. ha visto
como antes, durante la vigencia de la poligamia
y
la palian..
dría exogámicas, la mujer no salía de su Ayllu, mejor dicho,
'(23) Garcilazo.-Ob. cit., Lib. ' 11, Cap. XV; Lib. IV, Cap.
IX.-Martín de Morúa.-Lib.
39,
Cap. XI; Cap. XXXIII.–
Cap. XXXIV. -Cieza de León. -Crónica General. -Oh.
cit. , Cap . LXI; Guerra
y
Céspedes -Descripción
que
se
hizo en la provincia de Xauxa, etc . --Relaciones G.eográfi–
cas de Indias, Madrid 1881, T. 19, p. 82. -Luis de Mon–
zón . -Descripción de . la tierra del Repartimiento de Atun–
rucana
y
Laramente, etc. -Relaciones Geográficas de Indias,
Madrid 1881, T. )
9,
p. 181 . -Pedro de Mercado. -Re–
lación de la provincia de los Pacajes. -Rel'. G:eo. de Indias,
Madrid 1885, T.
29,
p. 60.-Cobo.-Ob. cit., T.
3~.
Lib. XI, Cap. VII. p. 38; Lih. XII, Cap. VIII, p. 1'43;
Cap. XI, p. 154; Cap. XXXIV, p. 277.
.