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JOSE MEJIA V

ALEAA

1.31

habían servido para indicar la filiación materna, se fueron

dejando de lado y solamente se usaron en las conversaciones

íntimas

y

sin trascendencia:, ,.ya que, para los asuntos de ver–

dadera importancia, era la ·filiación paterna la que adquiría

~a

nota dominante.

Es

así como subsistió, hasta' la aparición

del Estado lnGa, esta doble denominación para designar a

una misma persona.

La

nomenclatura completa de este nue:–

vo sistema es inútil repetirla, porque ha qued3:do planteada,

con todas sus notas sobresalientes, en el aparte dedicado al

oarentesco.

...

-

Si bien la mujer pasó a ser propiedad del varán que la

había raptado,

y

le estaba expresamente prohibido el trato

i exual con otro, 'en cambio el hombre no perdió su condición

de polígamo. Esta situación proyectó hasta la época Inca

remanencias poderosas que se tradujeron en una poligamia

circunscrita solamente a los- jefes. (23).

Además, hubo otro cambio fundamental como conse–

cuencia de las guerras

y

rapto de mujeres. Ya se. ha visto

como antes, durante la vigencia de la poligamia

y

la palian..

dría exogámicas, la mujer no salía de su Ayllu, mejor dicho,

'(23) Garcilazo.-Ob. cit., Lib. ' 11, Cap. XV; Lib. IV, Cap.

IX.-Martín de Morúa.-Lib.

39,

Cap. XI; Cap. XXXIII.–

Cap. XXXIV. -Cieza de León. -Crónica General. -Oh.

cit. , Cap . LXI; Guerra

y

Céspedes -Descripción

que

se

hizo en la provincia de Xauxa, etc . --Relaciones G.eográfi–

cas de Indias, Madrid 1881, T. 19, p. 82. -Luis de Mon–

zón . -Descripción de . la tierra del Repartimiento de Atun–

rucana

y

Laramente, etc. -Relaciones Geográficas de Indias,

Madrid 1881, T. )

9,

p. 181 . -Pedro de Mercado. -Re–

lación de la provincia de los Pacajes. -Rel'. G:eo. de Indias,

Madrid 1885, T.

29,

p. 60.-Cobo.-Ob. cit., T.

3~.

Lib. XI, Cap. VII. p. 38; Lih. XII, Cap. VIII, p. 1'43;

Cap. XI, p. 154; Cap. XXXIV, p. 277.

.