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esperaua auer de ay adelante. Platicadas entre los
Oydores estas _cosas, con otras muchas que dezian
ser en pro y vtilidad de los r eynos y prouincias de
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Peru, se dio borden y manera de como no pasassen
mas adelante los designes y pretensiones del Viso–
rrey y que se atajassen lo mas breue que ser pu–
diesse. Y para obuiar estas. cosas se hizieron dos
prouissiones firmadas de sus nombres 3 autoric;a–
das con el Real. nombre de Su Magestad y selladas .
con su Real sello 'que comern;auan por:
Don Car–
los, por la diuina clemencia.1
etc. La vna dellas
fue para el Visorrey, en que se le mandaua so gra–
ues penas que no se fuesse ni saliesse de los rey–
nos
_Y
prouincías del Peru, ni de la cibdad en don–
de al presente estaua,- ni lleuasse a los vezinos y
moradores de la dicha cibdad a la yn ula de·T abo–
.ga, o de la Apuna, ni a otra parte alguna, sino _que
los de asse estar quietos y pacificos en sus casas
con su _hijos y mugeres. Y la otra prouission fue
para todos los del cabildo y officiales de Su Mages–
tad, vezinos y moradores, e-stante -y habitantes en
a cibdad, en la qual se les mandaua so graues y
grauissimas penas que no dexa en de si'erta .ni
dessamparada la cibdad de Su 1\_fage tad, ni menos
se dexassen embarcar de persona alo-una, porque
haziendolo al contrario se deseruia en ello mucho
a Dio nuestro Señor y a Su Magestad. Los dos
Oydores Juan Aluarez y Alisson de Texada
co~o
andauan muy tristes y pensativo por las cosas
que el Visorrey hazia o dezia, no fue menester
a ltercar mucho entre ell<Js esto negocios , y assi
dixeron que era bien se hiziesse todo lo concerta-
G.
DE SANTA ÜLARA.-11.- I.º
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