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BE LA HEYOL CION DE JNGLA1'EIUlA .
2
i
Timidos
ú
senile , e contentaron los pare con imitar á la cámara
baja.
á
que solo e piuiera una declara.cion de que la Carta con lo Esta–
tuto que la confirmaban, estaba vigente; que la libertade inglesa
sub istian como antiguaD}ente, y
qu~
el rey no baria u o de us sobera–
na prerogativas ino en bien de sus úbdtios.
El r reunió amba ámara en sesion olemne, declaró que consi-
.deraba Ja Carta como intacta y los antiguos Estatuto como inviolables,
y la invitó
á
que contasen con· su real palabra para el sosten de sus de–
rechos, añádiendo que les daría ella mas seguridad que ninguna nueva
ley (abrl!
~le
102 .)
o e arredraron ni se dejaron seducir los representanles del pueblo ;
Jo abusos recientemente introducidos, inutilizaban la a:ccion de Ja
le.yeantigua : eran nece ariasnuevas garantías, s:rncionadas é, plícitamepte por
1parlamento.Nada se lograba con renovar vagamenteunas promesas tan–
ta.
veces iolada , ni unos Estatutos casi puestos ya enol ido. in propa.–
arse, firme a.Ipar que respetuosa, hizo redactar Ja cámara el famoso bill
de peti ion de derechos, Jo aprobóy lo remitió
á
la Cámara de l0s Pares
1ara recibir tambien su aprobJ.cion (mayo del mi mo año. )
ada tenian estos que decir 9ontra un bill que consagraba derechos
reconocidos, ó reprimía.abu os generalmente reprobado . Pero el rey in-
¡
ti11 nuevamente pidienpo que confia en en su
p~labra ,
ofreciendo con–
firmar la Carta
y
lo Estatutos, dirigiendo
á
los pares consejo sobre con–
·ejo,
y
á
la cámara de lo representantes del pueblo mensaje obre
meo aje, profundamente indignado, pero prudente en us discursos, y
proclamando olo u firme resolucion de sostener su fuero
y
de no
abu ar jamá ele ello .
Era sumamente embarazosa la situacion de la cámara alta : ¿cómo
po .er garantir las libertade públicas sin quitar al rey el poder absoluto ?
so
~e
concrntaba la cuestíon. Se propuso una enmienda ,
y
el bill fue
adoptado con esta adicion : <Presentamos respetuo amente
á .
I.
esta
peti ion,
á
fin de asegurar nuestras propia libertade , pero con el justo
anhelo de dejar intacto ese poder soberano de que os hallais revestido
para la proteccion, seguridad
y
felicidad de vuestros úbditos.
uando el bill modificado con esta adicion volvió
á
la cámara baja
((A.bramo' nue tres registros, dijo lford, veamos lo que dicen : ¿qué
e entiende11or poder oberano? egun Bodin, es aquel que á nada e tá
ujeto. E decir, pue que vendríamos á reconocer un poder legal y otro
real· onoedamo al re lo que e tá pre crito por la le , nada ma .-