( 4.1 )
son intermitentes, no existe Papa, es una proposicion
pró .–
on la Iglesia por institucion di-
xima
á
heregía.
La razon es,
vina, potestad suprema perma· qne sn contradictoria se dednce
nente,
ó
soberanía perpetua.
inmediatamente de un dogma-
Luego:
ó
no existe en la de fé, definido espresamente
lglesia unidad permanente
y
por tres Concilios generales
y
perpelna,
ó
la potestad supre- Ecuménicos, cual es la plenitud
ma no es el principio
y
centro de potestad ó poder pleno
y
su·
de la unidad.
premo qne pertenece al Papa
Luego:
ó
la misma Iglesia por inst.itucion divina. Pero
no es por institucion divina la proposicion que inmediata·
permaaente
y
perpetua,
ó
pue· mente se deriva de un dogma
de existir como sociedad, aun. de fé, se caHfica en teología por
que habitualmente desnuda de verdacl próxima
a
la
fé.;
y
en·
la soberanía del po(1er su- tónces su contra<ilictoria es pró–
premo que la constituye-
y
la xima
á
heregía. Por ahora ci–
rije.
taré solo la defi.nicion del Con-
Estos absurdos hereticales se cilio Florentino, reservandome
Jos ha echado en cara
á
los Ga- para despues las de los otros,
licanos en el centro de la Fran- en sus lugares oportunos. l\1as ·
cía,
y
en el siglo
19,
apellidado antes es de necesidad hace.r al–
el de las lf!ces, el talento emi- gunas breves reflecciones sobre.
nente de nn Galicano de na- este Concilio, que el Sr.
Vi~
cion pero no de errores, eLilus- daurre ha tenido la temeridad,
tre
y
sobresaliente La-Menais. por no decir otra cosa peor, de
Hay mas. Si el Concilio es notar una
y
otra
vez
que no es·
superior al Papa: luego se dá
ta
generalmente reconocido.
apelacion legítima del tribunal Ni siqniera entiende la distin–
del Pontífice
á
ese Concilio fu· cion entre los términos técni· ·
tnro. Pero el célebre protestan- cos de general y de ecuménico.
te Lorenzo Moshein ha escrito El Concilio es general . cuando
una disertacion, demostrando en la Encíclica ó circular son
que la apelacion del Papa al llamados todos los Obispos.
Concilio, destruye la unidad Es ecuménico, cuando el P-a–
Yisible de la
Iglesi~;
porque de pa, que es quien tiene el poder
un gobierno habitual é indis- supremo en la Iglesia, lo con·
pensable, no puede apelarse
á
voca, lo preside por sí
ó
por
ün tribunal intermitente, sin sus Legados,
y
finalmente lo
destruir el nQrvio y fuerza del confirma. Puede aprobarlo en
gobierno; y por eso mismo el todo como al Tridentino,
y
en·
cuerpo social qne de él de- tónces es ecuménico en · todo;
pende.
ó puecle confirmarlo en parte,
4.
0
La pretendida supe· como al primero de Constanti–
rioridad
del Concilio
sob.reel nopla,
y
entónces es
ecuméni~.
6