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( 4.1 )

son intermitentes, no existe Papa, es una proposicion

pró .–

on la Iglesia por institucion di-

xima

á

heregía.

La razon es,

vina, potestad suprema perma· qne sn contradictoria se dednce

nente,

ó

soberanía perpetua.

inmediatamente de un dogma-

Luego:

ó

no existe en la de fé, definido espresamente

lglesia unidad permanente

y

por tres Concilios generales

y

perpelna,

ó

la potestad supre- Ecuménicos, cual es la plenitud

ma no es el principio

y

centro de potestad ó poder pleno

y

su·

de la unidad.

premo qne pertenece al Papa

Luego:

ó

la misma Iglesia por inst.itucion divina. Pero

no es por institucion divina la proposicion que inmediata·

permaaente

y

perpetua,

ó

pue· mente se deriva de un dogma

de existir como sociedad, aun. de fé, se caHfica en teología por

que habitualmente desnuda de verdacl próxima

a

la

fé.;

y

en·

la soberanía del po(1er su- tónces su contra<ilictoria es pró–

premo que la constituye-

y

la xima

á

heregía. Por ahora ci–

rije.

taré solo la defi.nicion del Con-

Estos absurdos hereticales se cilio Florentino, reservandome

Jos ha echado en cara

á

los Ga- para despues las de los otros,

licanos en el centro de la Fran- en sus lugares oportunos. l\1as ·

cía,

y

en el siglo

19,

apellidado antes es de necesidad hace.r al–

el de las lf!ces, el talento emi- gunas breves reflecciones sobre.

nente de nn Galicano de na- este Concilio, que el Sr.

Vi~

cion pero no de errores, eLilus- daurre ha tenido la temeridad,

tre

y

sobresaliente La-Menais. por no decir otra cosa peor, de

Hay mas. Si el Concilio es notar una

y

otra

vez

que no es·

superior al Papa: luego se dá

ta

generalmente reconocido.

apelacion legítima del tribunal Ni siqniera entiende la distin–

del Pontífice

á

ese Concilio fu· cion entre los términos técni· ·

tnro. Pero el célebre protestan- cos de general y de ecuménico.

te Lorenzo Moshein ha escrito El Concilio es general . cuando

una disertacion, demostrando en la Encíclica ó circular son

que la apelacion del Papa al llamados todos los Obispos.

Concilio, destruye la unidad Es ecuménico, cuando el P-a–

Yisible de la

Iglesi~;

porque de pa, que es quien tiene el poder

un gobierno habitual é indis- supremo en la Iglesia, lo con·

pensable, no puede apelarse

á

voca, lo preside por sí

ó

por

ün tribunal intermitente, sin sus Legados,

y

finalmente lo

destruir el nQrvio y fuerza del confirma. Puede aprobarlo en

gobierno; y por eso mismo el todo como al Tridentino,

y

en·

cuerpo social qne de él de- tónces es ecuménico en · todo;

pende.

ó puecle confirmarlo en parte,

4.

0

La pretendida supe· como al primero de Constanti–

rioridad

del Concilio

sob.re

el nopla,

y

entónces es

ecuméni~.

6