CAPiTULO XVIII
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secrestado oro, plata, ropa y veinte
y
tantas mulas,
llá–
manse .Rodrigo Fernandez, Matheo de la
C1·uz,
Matheo
Enrriquez
y
Phelipe Diaz,
que hoy están
testificados del
;"udaísrno,
y
se aguardan por horas: la prission fué en la
ciudad de Guanuco, diez jornada.s. clesta; y a quatro o cin..
co della.s, se ponían fuera de lo conquistado a la parte del
rio Marañan. Ha acreditado grandemente este subceso los
favores particulares que Dios haee al Santo Officio.
u
Francisco Jorge Tabares, hermano ele otros dos Taba–
res, fué presso el n1ismo dia, con secresto de bienes, por
testificacion de sus hermanos.
11Gon9alo Go1nez Aceituno, alcaide que era actualmente
de la cár9el de ·corte en la Real Audiencia de )a Plata, en–
tró presso en las cárceles secretas por sospechas de judío,
es hermano de un relajado por este Sancto Officio, el mis–
mo dia.
11Diego Pereira, portugues, vino presso de la provincia
de Chucuito, el dicho dia, por sospechas de judío.
11Joan Ramos de Rojas; alquilador de mulas, vecino des–
ta ciudad, fué presso, con secresto de bienes, a los seis del
dicho: confesó luego ser morisco
y
haber judai9ado.
11A los siete de maio tuvimos consult;:t, en que se man–
daron prender con secresto de bienes ]os .que se dirán
luego; y se trató del modo que se ternia en la prosecucion
desta complicidad, que cada dia se descubren mas, porque
ya passa a otros lugares y naciones;
y ay,
sin los pressos,
mas de ochenta testificados, que pudieran muy bien re...
cluirse desde luego,
y
n'o ay cárceles,
y
por estar el hibier–
no en cassa, ni se pueden labrar ni habitar, quando se hi–
ciessen, en muchos meses; tratóse tambien de la necessidad
que ay de mas ministros para el bueno
y
breve despacho
de tantas causas
y
para la mayor seguridad de los presos
y
su servrcio. Propúsosse que no se podian recoger luego,
a ménós de juntarlos algunos entre sí, en el ínterin que
se daba órden en las cárceles,
y
que quando en los confi–
tentes no pareciesse haber inconvenientes, los avria en los
que no lo estaban. Por otra parte, en el estado presente
se juzgaba por n1enor daño, el que de aquí se podia seguir,
que no de que se huiessen (como lo han echo
mucho~),
o
pusiessen en salvo la plata..