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LA INQUISICION DE LIMA
media aspa e insignias de polígamo (que tambien lo era),
abjuró
de
le.vi,
fué absuelto
ad cautelant
i desterrado a
Valdivia, con perdimiento de la mitad de sus bienes.
Félix Canelas, mulato, sastre, penitenciado
ya
anterior–
mente por sortílego, fué de nuevo denunciado de que da–
ba yerbas a las mujeres (que no salian de su casa -sin
pagar tributo) para que sus amantes no las olvidasen;
siendo sentenciado, ademas de las penas ordinarias, a salir
a la vergüenza, recibir doscientos
a.~otes
i
marchar deste–
,rrado para Concepcion.
Juan de Dios Solano, mulato, del Callao, que usaba de
supersticiones análogas, i entre otras, de un gallo que lne–
tia dentro ele una cesta, con la invocacion de San Pedro
i
San Pablo.
Rosa Pita, o de la Cerda, negra de Trujillo, casada, que
daba pronósticos por las señales que dejaba en la mano la
coca ntascada, salió en auto
i
recibió doscientos azotes por
las calles públicas.
.
Fernando I-Iurtado de Quezada, vecino de Lima, de
veintiun años, que habiendo encontrado una noche abier–
tas las puertas del Sagrario, hurtó la píxide con las for–
mas consagradas que encer:raba, las cuales guardó en un
papel
i
las fué a enterrar en la vecindad de una acequia
de la Alameda. .Preso por la justicia real i recla1nado en
seguida por la Inquisicion, que lo hizo estraer de la lnis–
ma casa·del fiscal real donde se le habia detenido, su cau–
sa dió orijen a una ruidosa cuestion de competencia que
terminó a favor del 8anto Oficio, cuyos ministros se em–
peñaron en poner el reo a cuestion de tormento para
que declarase la intencion ,que hubiera tenido ·al cometer
tan atroz sacrilejio, apesar de las protestas del delincuen–
te que aseguraba haber procedido solo instado del demo- ·
nio i no de ninguna falsa creencia; i visto que se afirmaba
en este propósito, los jueces se limitaron entónces a lle–
varlo a la cámara i atarle los brazos, para condenarlo en
definitiva a que abjurase
de levi,
fuese reprendido i des–
terrado por diez años a Valdivia.
Durante los años trascurridos desde el de
1707
al de
1713
fueron absueltos
ad cautelarn,
despues de reconci–
liados
circa relaps'ia
algunos marineros, en su mayor parte