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CAPiTULO XX

185

por el Santo Oficio de la Inquisicion

, y

de quanto benefi–

cio ha sido a la. universal yglesia, a m.is reinos y señoríos

y naturales dellos, despues que los señores reyes cató]jcos

de gloriosa memoria, tnis revisabuelos, le pusieron y plan–

taron en ellos, con que se han limpiado de infinidad de

hereges que a ellos han venido con el castigo que se les

ha dado

en~

tantos y tan grandes e insignes autos de Iri–

quisicion como se han celebrado, que les ha causado gran

temor

Y,

confusion, y a los católieos si.ngular gozo, quietud

y

consuelo;

y

por carecer desta gracia otros reynos, han

padecido y padecen grandes disturbios y inquietudes y

desasosiegos, y dan1os muchas gracias a nuestro Señor,

que así lo ha encaminado, haciendo tan gran bien a estos

reynos, y así por todo ésto como por habérmelo encomen–

dado afectuosamente el Rey mi señor

y

padre, que esté

en el cielo, como por lo que la estima, devocion y aficion

que le. tengo, y la obligacion que a todos los fieles corre

mirar por él y que sea amparado, defendido

y

honrrado,

tnayonnente en estos tiempos en que tanta necesidad hay,

y ser una de las mas principales cosas· que se os . pueden

encon1endar de mi estado real, os encargo mucho t1ue así

a los venerables Inquisidores apostólicos de esas provin–

cias, como a todos los otros oficiales, familiares y minis–

tros del dicho Santo Oficio, les honrreis

y

favorezcais,

dándoles de 'nuestra parte todo el favor

y

ayuda que se os

pidiere y fuere necesario, guardándoles y haciéndoles guar–

dar todos los privilegios, exempciones

y

libertades que les

estan concedidas, así por derecho, cédulas reales, concor–

dias, como de uso

y

costumbre, y en otra qualquier" ma–

nera; de suerte que el dicho Santo Oficio se use

y

exerza

con la authoridad

y

libertad que siempre ha tenido, y yo

deseo tenga,

y

no hagais, ni permitais que se haga otra

cosa en manera alguna, que demas dé que cumplireis con

lo que. sois obljgado, como cathólico chistiano, y que a

vuestro exemp]o harán otros lo mismo, me tendré por

muy servido,

y

a lo contrario no tengo de dar lugar. Nues–

tro Señor os guarde,

c~mo

deseo,

e~ Madri~

a diez

y

ocho

dias del mes de marzo de mil

y

seiscientos y cinquenta y

cinco años.-Y

o

EL REY-Por mandado del Rey nuestro

señor,

Don Felipe Antonio Mossa.

tt

'1