CAPÍTULO I
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diencja e las cárceles del Santo Oficio, de manera que
haya en la dicha casa sala de audiencia, con dos
aparta~
mentos y cámara del secreto, donde estén las escripturas y
papeles dél, con mucho recaudo, y el aposento para los In–
quisidores, o a lo ménos, para el uno e para el alcaide, a
cuyo cargo ha de estar la custodia e buena guarda de las
cárceles; e proveais, como sean secretas, e apartadas, de ·
manera que no pueda haber comunicacion de .los pre–
sos y tengan·todas las comodidades que se requieren, co–
mo conviene al buen servicio del Santo Oficio
7 ."
.A
los
Consejos de las ciudades se les mandaba que
proporciona~
sen a los inquisidores
i
oficiales, "cuando fuesen a exercer
sus oficios, buenas posadas, que no fuesen mesones, y la ro–
pa que hubiesen n1enester, sin dineros, y todos los otros
bastimentos y cosas necesarias por sus dineros, a precios
justos y razonablesH,
11
encargándose con especialidad al de
Lima que les hiciese dar todo el favor i ayuda que le pi–
diesen i hubiesen menester
9 ;
al Virei, presidentes i oido–
res de las Audiencias de Panamá i Tierra Firme, Quito, Los
Charcas i Chile, i a los gobernadores, correjidores i al–
caldes mayores i otras justicias de todas las· eiudades, vi–
llas i lugares, así de españoles como de indios, para que
prestasen juramento en favor del Santo Oficio i diesen
el auxilio i favor del brazo real, "así para prender cuales–
quier herejes e sospechosos de la fé, como en cualquier
otra cosa tocante
y
concerniente al libre exercicio del di–
cho Santo Ofieio;11 mandándolo así, decia el monarca, por
lo que toca al servicio de nuestro Señor e al augmento de
nuestra santa fé católica, deseando la ampliacion y propaga–
cien
de lareligion christiana, y que las dichas provincias
por
Dl.osá
Nos encomendadas, sean libres e preservadas
de todo error y sospecha de toda heregía, considerando
cuanto conviene que en estos tiempos que se va exten–
diendo esta contagian, se prevenga a tan gran peligro,
mayormente en las dichas provincias, que con tanto cuida–
do se ha procurado fuesen pobladas de nuestros súbditos
7.
Cedula,
fecha
ut s'llpra.
8.
Id.,
id., id. ·
9.
Id.,
id., id.