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2

LA INQUISICION DE LIMA

sin pérdida de tiempo se trasladase a Sevilla para partir en

la armada que próximamente debia salir de allí llevando

otro inquisidor, un fiscal'

i

un notario del Secreto, i a don

Francisco de Toledo, quién le entregaría el título, instruc–

ciones i otros despachos.

La otra persona elejida por colega de Cerezuela era el

doctor Andres de Bustamante. Autorizábase a éste para

trasportar hasta or.hocientos ·pesos en joyas de oro i plata

labrada

2

,

mil pesos en objetos de que se le eximía de pagar

derechos de almojarifazgo, seis criados, dos esclavos, una

esclava

i

una

ca~a

.para el servicio de su persona

3

;

se le

relevaba de rendir infortnacion, trámite exijido a todos

los que pasaban a Indias, i tanto a él como a su compa–

ñero, se les mandaba entregar quinientos ducados de ·

socorro

4

Se dispuso, iguahnente, que los

oficiales.de

S.

M. en la ciudad de los Reyes pagasen al receptor del Santo

Oficio, diez mil pesos de a cuatrocientos maravedis, en ca–

da un año, para los salarios de los dos Inquisidores, el fiscal

i

el notario

5

·

Las provisiones que se habian entregado a Toledo reza–

ban lo siguiente: Al Arzobispo de Lin1a i a los Obispos de

Santiago i Concepcion de Chile, del Cuzco, de la Plata

i

San Francisco de Quito, para que remitiesen a los Inqui–

sidores todas las causas tocantes al Santo Oficio; a las jus–

ticias seglares de las provincias del Perú para que no se

entrometiesen a conocer de dichos negocios i bienes con–

fiscados, cuya revocacion o reposicion, entablada con cual–

quier pretesto, se reservaba al Consejo jeneral de Inquisi–

cion residente en l\1:adrid; al Virei, para que diese e hiciese

dar todo el favor necesario a los inquisidores i a sus oficia–

les i ministros, 11sin contradicion o. impedimento alguno

para. que puedan usar y usen sus cargos y oficios libremen–

te,

n

6

mandándosele que señalase en Lima casa que fuese

adecuada para el servicio de la Inquisicion, 11en lugar

y

sitio cómodo y competente, adonde puedan tener su au-

2.

Céd'ttla

de 25 de enero de 1569.

3.

ld.

de igual fecha.

4.

Id.,

id. id. id.

5.

Id.

de 8 de febrero de 1569.

6.

ld.

de 7 de febrero de 1569.