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INQUISICIÓN DE CIIILE

podía estar más en conformidad con sus proposl–

tos que el establecimiento de los Tribunales de la

Inquisición en sus dominios de América, apresu–

rándose, en consecuencia, á dictar, con fecha 25

de Enero de 1569, la real cédula siguiente que Jos

creaba en Méjico

y

el Perú:

«Nuestros gloriosos progenitores, fieles

y

católi–

licos hijos de la Santa Jglesia Católica Romana,

considerando cuanto toca á nuestra dignidad real

y

católico zelo procurar por todos Jos medios po–

sibles que nuestra santa fé sea dilatada

y

ensal–

zada por todo el mundo, fundaron en estos nues–

tros reinos el Santo Oficio de la Inquisición, para

que se conserve con la pureza

y

e·ntereza que con–

Yiene.

Y

habiendo descubierto é incorporado en

nuestra Real Corona, por providencia

y

gracia de

Dios Nuestro Señor, Jos reinos

y

provincias de las

Indias Occidentales, Islas

y

Tierrafirme del Mar Oc–

ceano,

y

otras partes, pusieron su mayor cuidado

en dar á conocer

á

Dios verdadero, y procurar el

aumento ele su santa ley eyangélica

y

que se con–

serve libre de errores y doctrinas falsas y sospe–

chosas, y en sus

descubridore~,

pobladores, hijos

y descendientes nuesLros vasa11os,

la devoción,

buen nombre, reputación y fama con que á fuer–

za de cuidados y fatigas han prucurado que sea

dilatada y ensalzada. Y porque los que están fue–

ra de la obediencia y devoción de la Santa Igle–

sia Católica Romana, obstinados en sus errores

que ayudaron á la <'jecución,

y

entre ellos á don Carlos de Sesc, no–

hle, grande

y

pertinaz her·cj<', que le

dijo c<•mo

le d,•jaba quemar,

.Y

n•,;pondi1:

«Yo

traeré lei"ta para quemar

á

mi hijo ;;i fuese lan

rn:tlo

como

YO~.»

Cabr('ra de Ccírcloha,

Filipe

Il,

t.

l,

p:'•g.

276.