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LA INQUISICIÓN

ramento canónico que se suele y debe hacer

y

pres–

tar en favor de el Santo Oficio, y cada vez que se

les pidiere y para ello fueren requeridos y amones–

tados, les den y hagan dar el auxilio y favor de

nuestro Brazo Real, ásí para prender cualesquier

herejes

ó

sospechosos en la fe, como para cualquier

otr;1 cosa tocante y coi1cerniente al ejercicio libre

del Santo Oficio, que por derecho canónieo·, estilo y

costumbre é instrucciones dél se debe hacer y eje–

cutar.>>'

Luego de llegar

á

Lima el inquisidor Serván de

Cerezuela, el domingo

29

de enero de

1570

procedió

con toda solemnidad á establecer el Tribunal. Acom–

pañado del Virrey, Audiencia y Cabildo dirigióse á la

Catedral, donde le recibieron el clero y todas las Or–

denes religiosas cantando el

Te Deum Laudamus.

«Se predicó' el sermón de la fe,

cuenta.el

mismo Ce–

rezuela,

é

jurÓ el Virrey, Audiencia y ciudad en la

forma acostumbrada, y después el pueblo, alzando

los brazos dereeho$ arriba, y se leyó el edicto, lo cual

se hizo con mucha solemnidad, habiendo precedido

el día antes las notificaciones á las provisiones y

mostrado al Ordinario el poder de inquisidor, y pre–

gonándose con trompetas y atabales.>>

2

He aquí ahora el tenor del edicto que se leyó en

esa ocasión

y

que había. de servir de base al edificio

inquisitorial:

· <(Nos los Inquisidores contra la herética prave–

dad y apostasía e.n la ciudad ele los Reyes y su ar–

zobispado, con los obispados d'e Panamá, Quito, el

Cuzco, los Charcas, Río de Plata, Tucumán, Con-

. cepción y Santiago de Chile, y de todos los reinos,

1.

Leyes de Indias,

Libro I,

ti

t.

XIX, ley primera.

2.

Carta de Cerezuela de

5

de Febre;·o de

I570.