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IV
,Estando prevenido, en el Articulo VIII de la Real Prag-
,rnática de dos de .Abril , la aplicacion equivalente de los bienes de
,la Compañía en Obras pías,
y
señaladamente en Seminarios Con–
, ciliares,
y
Casas de Misericordia., baxo cuyo nombre se compren–
,den las de Refugio, Inclusas,
y
Hospicios, informará V.
á
qua!
,de estos destinos comptende sea mas údl, para el público, la apli- ·
,cacion de la fábdca material d(! ese Colegio de Regulares de su
;,cargo ,
y
en qual pueda sitúarse por ser fabtiéa
muy
grande , Se–
,,minario de Pensionistas nobles para su edutación ,
ó
de
S~ñoritas
, ,acomodadas , en
el
conceptd· de· que, estos últimos , solo pueden
,existir en Capitales de Provirtdas grandes.
V
,Siendo la
A dministracion
de estos efeél:os un asunto tan esen–
,cia1
y
propio d_e la atencion del Consejo, me dirá
V.
en que
(or-,
,,ma corre , y tiene reglada la de esa Casa : al cargo de que perso–
,na,
y
baxo de que fi ,mzas y reglas : como tambien si está preve–
,nido de la puntualiqad de ir poniendo en Arcas Reales el produc...
,to líquido, segun vaya cayendo.
,Donde no hubiere nombrado todavía Administrador se debe
;,hacer '
y
subsanar qlialquiera de estos particúlares ' que se halle
,sin providencia , para que el Consejo pueda aprobarlo ,
y
proce–
,.,der
á
reformar , 6 adicionar ,
lo
que encuentre notable ; bien en–
,tendido, que todo Subdelegado será responsable de la omision que
,en esto hubiere ,
ó
de la mala eleccion , por deberse executar con
,imparcialidad y honor , desempeñando la confianza hecha por el
,Consejo de dexar los nombramiento!J á disposicion de los Comi–
,sionados , que como inniediatos pueden halla-rse mas bien entera–
" dos de todo.
VI
,Sitmdo de corto va1or las Boticas ,
y
muy conforme se
~,conviertan
en alivió de los pobres , incluyendo en Jos parages de
, Uni versidad á los Estudiantes,
y
Colegios , de esta clase, procu–
,rará el Subdelegado informarse del Hospital, sujetó á la Rea:l Ju–
,risdicion , que esté mas cercano ; pid'iendo copia de su fundacion,
,obligaciones
y
rentas , dando cuenta del estado de la B'ot-ica , per–
,sonas,
y
forma· con que se regenta,. pa-ra que
á
Consulta con
~.M.
~,se
pueda. aplicar: expresañdo si convendrá trasladarla al Hospi–
,cio, Hospital',
ó
Casa de Mis0ricord1ia
á
que se aplique ; ·
ó
dexar1a
,con el sitio en que aél:uallñent.e se Jhallá , pafa conservar su crédi–
,to,
y
que pueda ser Hnca teditua'Me
á
favor de la tal Casa de pie–
,dad,
á
quien se ceda ; séparan'do la pieza de la Botica de lo res–
,tante de los Colegios
y
Casas , que han sido
de
los
Regulares
;
en
'
,cl