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Sjglo

'-·

XV 11.

6

2

HISTORIA ECLESIASTICA

Resolvióse,

pues, que

la

f6rmula de

fe

h :cba por

el Clero se

enviase

á

todas

las

Diócesis del Reyno; para que

diligenciada

por

los

Obispcfs ,

fuese

firmada

por

todos

los

cuerpos Eclesiásticos,

Seculares

y

Regu•

)a re) ,

y

por todos los particulares

queas–

pi

ra )en

á

las

Orden~s

Sagradas ,

á

los

gra·

dos

académicos,

y

á

la posesion

de

bene•

fici .)s.,

y

su

tenor

es

como se

sigue.

ToN.

f

/

1

.

rne

s.Jrneto slncerarnente

a a :constttuczon

del Papa

lnocencio

X. de 3

r

· d~

Mayo'

de

16)

3

Jr:gun

su

·verdadero sentido

que se ha

determh1ado por

la

Constltucion

de

N. S. P.

Al

ex .1ndro

f/

II~ ~n

r

6

de Octubre de

I

ó

56.

Reconozco que estoy obligado tn

concienci~P

á

obedecer

estas

C?nJtitucionei,

y'

condeno

de corazof't

y

de palabra la

doctrina

de las

cinco

proposiciones

de

Cornelio

Jansenio

con•

tenidas

en

su libro intitulado Augustinus,

que

los

dos Papas

y

los Obispo..r

han conde·

nadfJ, la

qua!

doctrina

no

es la de

San Agus·

tln, que

JanserJio

ha

explicado ·

mal

con·

tra el verdadero sentido de este Santo

Doc·

tor:

El Rey

autorizó por

u .,

Decreto del

Cn n ~ ejo

la

deliberacion de

la

junta ,

y

aÓl·

di6

á

él

S.

M.

·Una carta

para todos los

Obi5-

pos ,

á

fin

de

que las

firma~

se hiciesen

ro·

das pasar en la misma

forma

v

en el mis–

nlo

espíritu. AJ punto que

esta

resolucion

ton1Jda

de acuerdo entre la Corte

y

el

Cle-

ro,