GENERAL. .
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le! Inocencia X
y
Alexandro VII h.1bi3n Siglo
(!ondenado la doctrina de
las
cinco proposi- XVII.
cienes.
Est~
proyecto le habia formado el
Se6or
de
Marca,
Arzobispo de Tolosa ,
Pre-
lado de un talento grande
y
de una vasta
erudícion .. Pero
la
separacion de esta junta
que se acabó
á
o
tes de lo que ha bian es pera-
do los Obispos que
la
componi an,
y
otras
razones no
esp~radas
en este objeto , no les
diéron Jugar para cumplir un designio que
miraban como
nece~arío
en
las circunstancias
en
que estaban entóncc6 las cosas de
la
Iglesia,.
El
Clero volvió
á
tomar este desig-
nio al año
siguiente,
y
el
Rey
á
ruegos
su,..
yos
acordó
una
declar<tcion que ordenaba
la
signatura del formulario hecho por los Obis-
pos ; pero qu:1ndo esta ley fué presentada
al
Parlamento de
París
experimentÓ tanta
opo-
sídon
de parte
de
los
Magistrados ,
que
Luís XIV. se
vi6
precisado
á
ir
en
persona
~
hacerla
registrar por una
~e
las
actas
del
poder absoluto que quitan todos los obstá-
culos.· Habiéndose verificado ,de esta
mane-
ra
la
dccJa,r~cion
, se envi6
con
el
formula~
rio
del Q'!ero
á
todas las
Diócesis.
Los Obis-
pos habian añadido
á
ellá una carta cir-
cular,
en que
explicaban los
tnotivos
que los
habian
inclinado
á
tomar
este
medio
para es- ·
t Jblecer en
todas partes
)a
uniformid ad de
opiniones
y
de conductas con rdaci on
á
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